DECRETA: Artículo 1. Auxilio de Transporte para 2021. Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil veintiuno (2021), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($106.454.00) mensuales, que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio publico de transporte. Artículo 2. El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil veintiuno (2021) Y deroga el Decreto 2361 de 2019. |
Ministerio del Trabajo Decreto No 1786 / 29-12-2020 Descargar |