RESUELVE
ARTICULO PRIMERO. – Establecer en once ($011) centavos por cada mil pesos ($1.000) de activos totales, la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades, correspondiente al año 2022, que no estén en las situaciones previstas en el artículo siguiente.
En ningún caso la contribución podrá exceder del 1% del total de las contribuciones, ni ser inferior a (26.31) Unidades de Valor Tributario – UVT de 2022.
ARTÍCULO SEGUNDO. — Establecer la tarifa de (26.31) Unidades de Valor Tributario – UVT de 2022, que corresponden a un millón de pesos ($1.000.000) SMMLV 2022, para las sociedades en Reorganización Empresarial, en Acuerdo de Restructuración, Sociedades en Concordato y en Estado de Liquidación Judicial y Voluntaria.
ARTÍCULO TERCERO. – El pago de la contribución señalada en los artículos anteriores, deberá efectuarse dentro de los 20 días calendario, siguientes a la fecha de expedición de la cuenta de cobro.
PARÁGRAFO. – La contribución no pagada dentro del plazo señalado, causará los intereses de mora aplicables al impuesto de renta y complementarios, conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley 1429 de 2010 y el artículo 31 d el Decreto 1736 de 2020.
ARTÍCULO CUARTO. – Serán adelantados procesos de cobro persuasivo y coactivo contra aquellas sociedades que no cancelen la contribución dentro del plazo fijado en el artículo precedente.
ARTÍCULO QUINTO. – La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Superintendencia de Sociedades. Resolución N° 00514 / 31-08-2022 Ampliar Información |