CONSULTA:
“Las Entidades sin Ánimo de Lucro, dedicadas al servicio de la Educación Superior, colocan los ingresos generados por su actividad meritoria en portafolios de Inversión con riesgo conservador, con el fin de salvaguardar dichos recursos.
Esta colocación de recursos genera unos rendimientos financieros los cuales teniendo en cuenta su origen (Actividad Meritoria) se podrían considerar como ingresos operacionales.
Pegunta:
De acuerdo a las Normas Internacionales de Información Financiera, ¿es posible presentar dichos ingresos en los estados financieros, clasificados como ingresos operacionales?“