EXCEPCIÓN DE FALTA DE TÍTULO EJECUTIVO EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL – Procedencia. Reiteración de jurisprudencia. Solo se puede alegar cuando cursa un debate formal y debidamente establecido contra el acto administrativo de determinación del tributo o cuando tal debate se puede generar mediante recurso o demanda porque están habilitados los términos para el efecto, pero no cuando lo que se pretende es formular al interior del procedimiento del cobro coactivo una nueva impugnación sobre el contenido y legalidad del acto de determinación oficial del tributo |
Consejo de Estado. Procedimiento del cobro coactivo Descarga |