Procedimiento General / Suspension de terminos.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta acerca de la suspensión de términos decretada por la DIAN en el marco del estado de emergencia económico, social y ecológica por el COVID-19, preguntando en primer lugar sobre la definición de proceso tributario y actuación administrativa en materia tributaria.

Posteriormente, el consultante pregunta por la diferencia entre los términos de caducidad, prescripción y firmeza en materia tributaria.

Para finalizar, se plantean interrogantes referidos a la aplicación de la suspensión de términos en diferentes procedimientos y actuaciones administrativas como la presentación de correcciones, solicitud de devoluciones y/o compensaciones, y aplicación de diferentes sanciones, entre otros
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1207 / 30-09-2020
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