Consulta: Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si las declaraciones de retención en la fuente que se hayan presentado sin pago total antes del vencimiento del plazo para declarar, se erigen como título ejecutivo y podrán ser cobradas por jurisdicción coactiva desde el momento del vencimiento del plazo para declarar y en consecuencia otorgarse facilidad de pago. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 1027 / 24-08-2020 Descarga |