Protección de Derechos para Madres y Recién Nacidos en el Régimen Subsidiado de Salud


Programas de Protección de Derechos para Madres en el Régimen Subsidiado de Salud en Colombia

Mujer afiliada al régimen subsidiado de salud no tiene derecho a licencia de maternidad.

En respuesta a su consulta sobre los programas existentes en Colombia para proteger los derechos de las madres que no tienen acceso a la licencia de maternidad debido a su afiliación al régimen subsidiado de salud, así como los programas para proteger a los recién nacidos en estas circunstancias, y las rutas para acceder a los programas gubernamentales de atención, presentamos la siguiente información.

Contexto y Marco Legal

El Ministerio de Salud y Protección Social en Colombia se encarga de formular políticas y programas relacionados con el sector de la salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Conforme al Decreto Ley 4107 de 2011, el ministerio emite conceptos y orientaciones sobre la aplicación de las normas del SGSSS, siendo estos de carácter general y no vinculantes en casos individuales.

Licencia de Maternidad en el Régimen Subsidiado

El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo establece que las trabajadoras en estado de embarazo tienen derecho a una licencia de dieciocho semanas en la época del parto. Esta licencia es remunerada y se basa en el salario que la trabajadora devengue al iniciar su licencia. Si el salario no es fijo, se considera el promedio devengado en el último año.

Condiciones para el Reconocimiento de la Licencia

Para el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad en el régimen contributivo, se requiere que la afiliada esté activa en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y haya realizado aportes durante los meses correspondientes al período de gestación. 

Se debe presentar un certificado médico que indique el estado de embarazo y el día probable del parto. La licencia debe iniciarse al menos dos semanas antes del parto.

Reconocimiento de la Licencia de Maternidad

El monto reconocido por la EPS por la licencia de maternidad se basa en el Ingreso Base de Cotización (IBC) reportado al inicio de la licencia. Si hay varios aportantes, el monto se liquida proporcionalmente. Las trabajadoras independientes con ingresos mínimos también tienen derecho a una proporción de licencia de maternidad.

Afiliación del Recién Nacido al Sistema

Según el Decreto 780 de 2016, todo recién nacido queda afiliado al sistema desde su nacimiento y se le asigna una Unidad de Pago por Capitación (UPC). La afiliación se basa en el registro civil de nacimiento o el certificado de nacido vivo. Los padres deben proporcionar este registro en un plazo de tres meses. El recién nacido se afilia a la EPS de la madre, incluso si el padre está en otra EPS.

Conclusiones

En resumen, el Ministerio de Salud y Protección Social en Colombia no tiene programas específicos de protección económica para las madres en el régimen subsidiado de salud.

Sin embargo, se garantiza la afiliación de los recién nacidos al sistema de salud. Es importante entender las condiciones y requisitos para acceder a la licencia de maternidad en el régimen contributivo y conocer los derechos de afiliación de los recién nacidos para tomar decisiones informadas en estas circunstancias.


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