Los contribuyentes que no cumplan con lo dispuesto en el parágrafo 5 del artículo 240 del Estatuto Tributario y en esta Sección, no podrán aplicar la tarifa diferencial del nueve por ciento 9% en la prestación de servicios en hoteles remodelados y/o ampliados. |
Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Proyecto de Decreto. Descargar |