Proyecto de Resolución.


Por la cual se prescribe el Formulario No. 430 “Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM” para el año gravable 2025 y siguientes.

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 28 de octubre al 6 de noviembre de 2024, a través del siguiente buzón: comentarios_formularios_oficiales@dian.gov.co

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RESOLUCIÓN NÚMERO
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Por la cual se prescribe el Formulario No. 430 “Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM” para el año gravable 2025 y siguientes.


El DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 578 y 579-2 del Estatuto Tributario, los artículos 169 y 170 de la Ley 1607 de 2012 y el numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020,

CONSIDERANDO

  • Que se requiere prescribir el Formulario No. 430 para el cumplimiento de la obligación tributaria de los responsables que deben presentar la Declaración del impuesto nacional a la gasolina y ACPM para el año gravable 2025 y siguientes.
  • Que la mezcla del ACPM con biocombustible de origen vegetal o animal de producción nacional para uso en motores diésel, tiene tarifas del impuesto diferencial conforme al artículo 171 de la Ley 1607 de 2012, el artículo 1.5.2.4.1. del Decreto 1625 de 2016 y la resolución anual correspondiente. Es necesario implementar un anexo para identificar la cantidad de galones vendidos, retirados y el impuesto pagado de acuerdo con las tarifas diferenciales aplicables.
  • Que el formulario vigente identifica únicamente a San Andrés y debe ajustarse su nombre a “Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”.
  • Que en cumplimiento del numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución se publicó en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.

RESUELVE

Artículo 1. Prescripción del Formulario No. 430 “Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM.”
Prescribir el Formulario No. 430 “Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM” para la presentación de la declaración del impuesto nacional a la gasolina y ACPM por el año gravable 2025 y siguientes, diseño anexo que forma parte integral de la presente resolución.

Artículo 2. Presentación.
Los contribuyentes obligados a presentar la declaración del impuesto nacional a la gasolina y ACPM deberán hacerlo a través de los servicios digitales, utilizando la Firma Electrónica – FE autorizada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, según la Resolución No. 000139 del 15 de septiembre de 2023.

Artículo 3. Publicación.
Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, conforme al artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 4. Vigencia.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

JAIRO ORLANDO VILLABONA ROBAYO
Director General