Me remito a la comunicación radicada en esta entidad con el número y fecha de la referencia, mediante la cual se solicita que se emita un concepto sobre los siguientes asuntos: 1. ¿Puede una persona natural ser matriz de un grupo empresarial? O ¿para que exista grupo empresarial se requiere necesariamente que la matriz sea también persona jurídica? 2. ¿En caso de la existencia de un grupo empresarial cuya matriz sea una persona natural, y las subsidiarias sean empresas de derecho colombiano y extranjero? Pregunta lo siguiente:a. ¿Cómo se cumple con la obligación de preparar estados financieros consolidados? b. ¿Deben también los administradores de las sociedades extranjeras presentar el informe especial de que trata el artículo 29 de la Ley 222 de 1995? |
Supersociedades. Oficio Nº 220-158553 / 25-10-2021 Descargar |