Reajuste de las cesantías anualizadas:
¿Implica reconocimiento de sanción moratoria?
La reciente sentencia 2019-00444 emitida por el Consejo de Estado ha reafirmado la posición de que el reajuste de las cesantías anualizadas no implica el reconocimiento de una sanción moratoria.
La Sección Segunda del Consejo de Estado establece que la sanción por mora es independiente de la prestación social, ya que su nacimiento no está condicionado al reconocimiento de las cesantías. Esta sanción se genera automáticamente por el incumplimiento del empleador en el pago dentro de los plazos establecidos por la ley.
Sin embargo, es importante destacar que el reajuste de las cesantías no implica el reconocimiento de la sanción moratoria, sino que solo afecta la extensión de la penalidad en el tiempo hasta que se realice la cancelación de la prestación social.
En la sentencia se establece que una indebida liquidación de las cesantías no implica automáticamente que el empleador haya incurrido en mora.
La Administración puede haber realizado una liquidación inicial de un monto por cesantías definitivas que luego haya sido objeto de un reajuste, sin que esto signifique que no se hayan cumplido los términos establecidos por la ley desde la solicitud de reconocimiento hasta el pago de la prestación.
Por lo tanto, en el caso específico tratado en esta sentencia, la demandante tiene derecho a reclamar la sanción moratoria por el pago tardío de las cesantías anualizadas, pero su aplicación está sujeta a los presupuestos establecidos por el legislador y no puede ser extendida o aplicada analógicamente a casos no contemplados en la norma, como es el caso del reajuste de las cesantías.
Normatividad:
Normatividad | Descripción |
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Sentencia 2019-00444 de 09 de febrero de 2023 | Reafirma que el reajuste de las cesantías anualizadas no implica reconocimiento de sanción moratoria. |
Acción de nulidad y restablecimiento del derecho | Proceso legal para impugnar actos administrativos y restablecer los derechos violados. |
Liquidación de las cesantías | Cálculo y determinación del valor a pagar al trabajador por concepto de cesantías. |
Pago de cesantías | Obligación del empleador de entregar al trabajador la suma correspondiente a las cesantías. |
Indemnización moratoria | Sanción que se aplica al empleador por el pago tardío de las cesantías. |
Reajuste del salario | Ajuste del salario de acuerdo con el incremento del índice de precios al consumidor. |
Reconocimiento de la indemnización moratoria | Proceso de reconocimiento y pago de la sanción por mora en el pago de las cesantías. |
Mora en el pago de cesantías | Retraso en el pago de las cesantías por parte del empleador. |
Liquidación de cesantías por anualidad | Cálculo y pago de las cesantías de forma proporcional al tiempo laborado en el año. |
Cesantías definitivas | Valor total acumulado de las cesantías de un trabajador al finalizar su contrato laboral. |
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En síntesis: La sentencia del Consejo de Estado aclara que el reajuste de las cesantías anualizadas no implica el reconocimiento de la sanción moratoria por parte del empleador.
Conclusión: La sanción moratoria por el pago tardío de las cesantías es independiente del reajuste de las mismas, y su aplicación está sujeta a los requisitos establecidos por la ley.