Impuesto al Patrimonio y Valor Promedio de Cotización del Mercado
En la nueva versión del impuesto al patrimonio, se establece que para las acciones o cuotas de interés social cotizadas en bolsa, se debe registrar el valor promedio de cotización del mercado del año o fracción anterior a la fecha de causación del impuesto.
Sin embargo, surge la interrogante sobre quién proporciona esta información al accionista y por qué la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) solicita estos datos sin brindar suficiente claridad para realizar los cálculos.
La normatividad vigente indica que las acciones cotizadas en la Bolsa de Valores de Colombia o reconocidas internacionalmente estarán gravadas por el valor promedio de cotización del mercado.
No se especifica una entidad particular encargada de suministrar esta información al accionista. Como la DIAN es la entidad administradora del impuesto, requiere disponer de datos precisos para la correcta recaudación, fiscalización y liquidación del impuesto al patrimonio.
Normatividad
Normatividad | Descripción |
---|---|
Ley 2277 de 2022 | Modifica el artículo 295-3 del Estatuto Tributario y establece la base gravable del impuesto al patrimonio. |
Decreto 1742 de 2020 | Designa a la DIAN como la entidad responsable de administrar el impuesto al patrimonio. |
Artículo 684 del Estatuto Tributario | Concede a la DIAN amplias facultades de investigación y fiscalización para efectos tributarios. |
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En síntesis
La nueva versión del impuesto al patrimonio exige a los accionistas registrar el valor promedio de cotización del mercado del año anterior a la fecha de causación del impuesto. La DIAN, encargada de administrar el impuesto, requiere esta información para garantizar una adecuada recaudación y fiscalización.
Conclusión
La claridad y precisión en la normatividad tributaria son fundamentales para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Es necesario establecer un ente responsable de suministrar la información sobre el valor promedio de cotización del mercado de las acciones o cuotas de interés social, para evitar confusiones y garantizar la correcta aplicación del impuesto al patrimonio.