Reajuste de avalúos catastrales en Colombia para 2025: Todo lo que necesitas saber.


El Decreto 1609 de 2022 establece los lineamientos para reajustar los avalújos catastrales en Colombia a partir del 10 de enero de 2025. Este decreto reemplaza el Capítulo 1 del Título 10 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015.

La firma “Póngasealdía”, bajo la dirección del CP Óscar Jaramillo Toro, explica este proceso y sus implicaciones.

Puntos principales del decreto

  1. Meta de inflación:
    • Proyectada por el Banco de la República para 2025: 3%.
    • Inflación registrada por el DANE a noviembre de 2024: 5,2%.
  2. Avalújos catastrales:
    • Predios urbanos no formados ni actualizados en 2024: Incremento del 3%.
    • Predios rurales agropecuarios no actualizados: Incremento del 3%.
    • Predios rurales no agropecuarios no actualizados: Incremento del 3%.
  3. Excepciones:
    • Predios con actualizaciones masivas realizadas por el IGAC en 2024.
    • Predios en el Distrito Capital de Bogotá y catastros descentralizados.

Tabla explicativa del reajuste

Tipo de PredioSituación en 2024Reajuste en 2025
UrbanoNo formado ni actualizado3%
Rural agropecuarioNo formado ni actualizado3%
Rural no agropecuarioNo formado ni actualizado3%
Urbano/Rural con actualización IGACActualización masiva en 2024No aplica
Distrito Capital de BogotáCatastros descentralizadosNo aplica

Ejemplo práctico

Caso: Un predio rural agropecuario sin actualización catastral en 2024 con un avalúo actual de COP 100 millones.

ConceptoValor Actual (COP)Incremento (%)Nuevo Valor (COP)
Avalúo catastral100 millones3%103 millones

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es un avalúo catastral? Es el valor asignado a un bien inmueble para fines fiscales y de planeación.
  2. ¿Por qué se reajustan los avalújos catastrales? Para reflejar las condiciones económicas y garantizar equidad fiscal.
  3. ¿Cuál es el porcentaje máximo de incremento permitido? La meta de inflación establecida para el año correspondiente.
  4. ¿Cómo afecta el reajuste a los predios actualizados por el IGAC? Estos predios están exentos del reajuste previsto en el Decreto 1609.
  5. ¿Qué ocurre si un predio está ubicado en Bogotá? Aplica el índice de Valoración Predial (IVP) determinado por el Distrito Capital.