Reajuste del Impuesto sobre Vehículos Automotores para el Año Gravable 2025.


El Decreto 1493 de 2024, expedido por el Presidente de la República, establece el reajuste de los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores para el año 2025, de acuerdo con lo señalado en el artículo 145 de la Ley 488 de 1998.


Tarifas Actualizadas del Impuesto sobre Vehículos Automotores 2025

Vehículos Particulares

Valor del VehículoTarifa Aplicable
Hasta $55.679.0001,5%
Más de $55.679.000 y hasta $125.274.0002,5%
Más de $125.274.0003,5%

Consideraciones Generales

  1. Reajuste Anual Obligatorio:
    Según el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, los valores absolutos base del impuesto deben ser reajustados anualmente por el Gobierno Nacional.
  2. Meta de Inflación:
    La Junta Directiva del Banco de la República fija una meta de inflación del 3% para 2025, siendo este el estimativo utilizado para el reajuste.
  3. Vigencia:
    El decreto entra en vigencia el 1 de enero de 2025 y deroga todas las disposiciones previas, como el Decreto 2228 de 2023.

Preguntas Frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿Qué establece el Decreto 1493 de 2024?Reajusta los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores para el año gravable 2025.
2¿Cómo se determina la base para el reajuste del impuesto?Basado en la meta de inflación del 3% anunciada por el Banco de la República.
3¿Cuándo entra en vigencia el decreto?A partir del 1 de enero de 2025.
4¿Qué norma se deroga con este decreto?El Decreto 2228 de 2023.
5¿Cuáles son las tarifas aplicables según el valor del vehículo?Van desde el 1,5% hasta el 3,5% según el rango de valor del vehículo.

Comparación Antes y Después del Pronunciamiento

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Valores base del impuestoBasados en el Decreto 2228 de 2023.Reajustados según el Decreto 1493 de 2024.
Meta de inflaciónNo especificada explícitamente.Fijada en el 3% según el Banco de la República.
TarifasPodían estar desactualizadas.Actualizadas con valores ajustados por rango.

Normatividad

NormatividadDescripción
Ley 488 de 1998Establece el impuesto sobre vehículos automotores y su reajuste anual obligatorio.
Ley 242 de 1995Regula la actualización de valores basada en la meta de inflación fijada por el Gobierno Nacional.
Decreto 1493 de 2024Reajusta los valores del impuesto sobre vehículos para el año gravable 2025.

Ejemplo Práctico

Un contribuyente tiene un vehículo valorado en $60.000.000. Para calcular el impuesto correspondiente en 2025:

  • Se encuentra en el rango de más de $55.679.000 y hasta $125.274.000.
  • La tarifa aplicable es del 2,5%.
  • El impuesto a pagar será:
    [ $60.000.000 \times 2,5\% = $1.500.000 ]

Aspectos Importantes

Aspectos ImportantesDesarrollo de Cada Aspecto
Reajuste Anual ObligatorioDeterminado según el artículo 145 de la Ley 488 de 1998.
Meta de InflaciónUtilizada como base para el reajuste, establecida en el 3% por el Banco de la República.
Rango de Valores BaseEstablecidos en tres categorías según el valor comercial del vehículo.
Vigencia del DecretoAplica desde el 1 de enero de 2025 y deroga normas anteriores.
Tarifas Claramente DefinidasEntre 1,5% y 3,5%, según el rango de valores.

Conclusión

El Decreto 1493 de 2024 busca actualizar de manera precisa y coherente los valores base del impuesto sobre vehículos automotores para el año gravable 2025. Esto garantiza una equidad tributaria, alineada con el comportamiento de los precios y la meta de inflación proyectada, contribuyendo al adecuado cumplimiento fiscal de los contribuyentes.



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