El asunto al que hace referencia tu solicitud trata sobre varios temas relacionados con la jornada laboral, recargos, horas extras y el valor de la hora ordinaria.
Alcance del Concepto Jurídico
El documento indica que la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo emite conceptos de carácter orientador, no vinculantes, es decir, no tienen fuerza legal para resolver controversias o declarar derechos. Solo los jueces tienen esa competencia.
Jornada Laboral Ordinaria
El Artículo 158 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) establece que la jornada ordinaria de trabajo es aquella acordada entre el empleador y el trabajador. En caso de no haber acuerdo, se aplica la jornada máxima legal, la cual fue modificada por la Ley 2101 de 2021 para reducirse gradualmente a 42 horas semanales sin afectar el salario.
A partir del 15 de julio de 2024, la jornada máxima legal se reduce a 46 horas semanales. Cualquier hora que exceda este límite se considera trabajo suplementario o adicional, el cual debe remunerarse con los recargos establecidos por la ley.
Reducción Gradual de la Jornada Laboral (Ley 2101 de 2021)
La Ley 2101 de 2021 tiene como objetivo reducir de manera progresiva la jornada laboral semanal sin disminuir el salario de los trabajadores ni afectar sus derechos. La reducción puede ser implementada de manera gradual o automática:
- Gradual: La reducción será de 1 hora a partir del 15 de julio de 2023 (jornada de 47 horas), otra hora en 2024 (46 horas), y 2 horas anuales a partir de 2025 hasta llegar a las 42 horas en 2026.
- Automática: El empleador puede optar por aplicar inmediatamente la jornada de 42 horas desde la entrada en vigencia de la ley (15 de julio de 2021).
Distribución de la Jornada Laboral
La jornada de 42 horas semanales puede distribuirse en 5 o 6 días de trabajo, garantizando siempre un día de descanso, normalmente el domingo. Aunque el acuerdo entre empleador y trabajador es prioritario, el empleador puede distribuir unilateralmente la jornada laboral si se respetan los límites legales.
Conclusión
El empleador tiene flexibilidad para acordar la jornada laboral dentro de los límites establecidos por la ley. Si no hay acuerdo, se aplica la jornada máxima legal, que será de 46 horas semanales a partir de julio de 2024. Las horas adicionales serán consideradas trabajo suplementario y deben ser remuneradas con recargos según la legislación vigente. Además, la Ley 2101 de 2021 permite reducir la jornada laboral de manera progresiva hasta llegar a 42 horas semanales en 2026.