¿Se vulneró el derecho al debido proceso por el hecho de que la Administración haya ajustado a la mediana del rango las transacciones que la demandante efectuó durante el periodo con entidades vinculadas del exterior, a partir de la información reportada en la DIPT y en la documentación comprobatoria que aportó? ¿La existencia de razones que justifiquen haber tenido un margen de utilidad en las transacciones controladas, por fuera del rango ajustado, eximía a la administración de efectuar el ajuste del margen a la mediana del rango, ordenado por el parágrafo 2 del artículo 260-2 del Estatuto Tributario? ¿Procedía disminuir la cuantía del ajuste efectuado en los actos acusados, acudiendo a la regla de proporcionalidad alegada en la apelación? |
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