Los empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) podrán actualizar el Registro Único Tributario (RUT), remplazando la responsabilidad 33 del Impuesto Nacional al Consumo por el código 50 No responsable del impuesto al consumo, o 57 Persona jurídica No responsable del impuesto al consumo, según corresponda. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Comunicado de Prensa. Ampliar Información |