Reglamentación del Artículo 86 de la Ley 2294 de 2023
Introducción
El presente documento detalla la reglamentación del Artículo 86 de la Ley 2294 de 2023, enfocado en la gestión de las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) en Colombia.
Este pronunciamiento regula las condiciones para la inscripción, renovación y liquidación de dichas entidades, promoviendo la transparencia y asegurando el cumplimiento normativo.
A continuación, se desglosan los aspectos más relevantes de la normativa.
Principales disposiciones reglamentadas
1. Registro y renovación de entidades sin ánimo de lucro
- Requisitos:
Las ESAL deben registrarse ante la cámara de comercio correspondiente en su domicilio principal dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley.- Omisión en el registro o la renovación de la matrícula mercantil por tres años consecutivos resultará en la disolución automática de la entidad.
- Información requerida para el registro:
- Razón social.
- Número de identificación tributaria (NIT).
- Dirección de notificación judicial.
- Datos del representante legal.
- Períodos consecutivos omitidos en la renovación.
2. Declaración de no actividad
Las ESAL que no cumplan con:
- Renovar su registro mercantil por tres años consecutivos.
- Enviar información requerida por la autoridad competente durante el mismo período.
Serán declaradas como no activas, entrando en un proceso de disolución y liquidación.
Procedimientos clave
Procedimiento | Descripción |
---|---|
Declaración de disolución y cancelación | Autoridades competentes declaran la disolución de ESAL inactivas tras un proceso sancionatorio. |
Liquidación privada | Se rige por estatutos internos de la entidad o, en su defecto, por normativas nacionales. |
Nombramiento del liquidador | Será el representante legal o una persona designada por el órgano decisor de la ESAL. |
Importancia de la normatividad
La reglamentación busca:
- Garantizar la legalidad y transparencia en el manejo de ESAL.
- Proteger los intereses de la sociedad y evitar la inactividad prolongada de entidades registradas.
- Proveer lineamientos claros para la liquidación de patrimonios y actividades en caso de disolución.
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Conclusión
El Decreto que reglamenta el Artículo 86 de la Ley 2294 de 2023 fortalece la gestión y supervisión de las entidades sin ánimo de lucro en Colombia. Con medidas claras para el registro, renovación y liquidación, promueve la legalidad, la transparencia y el uso eficiente de recursos, alineándose con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
Preguntas frecuentes
# | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
1 | ¿Qué sucede si una ESAL no se registra dentro del plazo establecido? | Será declarada disuelta y en proceso de liquidación por la autoridad competente. |
2 | ¿Cuántos años consecutivos sin renovar el registro generan inactividad? | Tres años consecutivos sin renovación del registro. |
3 | ¿Quién designa al liquidador en caso de disolución? | El representante legal o una persona designada por el órgano decisor de la ESAL. |
4 | ¿Qué pasa con los remanentes de una liquidación? | Deben ser destinados a otra entidad sin ánimo de lucro similar o a una de beneficencia pública. |
5 | ¿La disolución afecta procesos judiciales en curso? | No, los procesos judiciales en curso no se ven afectados por la disolución de la entidad. |
6 | ¿Qué entidades supervisan el cumplimiento de esta normativa? | La Superintendencia de Sociedades y otras autoridades competentes según el Decreto 0326 de 2023 y disposiciones aplicables. |
Este resumen presenta de forma clara los principales elementos del decreto y responde a inquietudes frecuentes sobre su aplicación.