Resolución para la clasificación de nuevos agentes retenedores y autorretenedores en el Municipio de Manizales.


Artículo Primero

Catalogar nuevos agentes retenedores y autorretenedores

A partir del 1ro de noviembre de 2024, se catalogan como agentes retenedores y autorretenedores en la fuente por concepto de Impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Manizales a los siguientes contribuyentes:

NúmeroNombre del ContribuyenteNITTipo de Agente
1Empresa XYZ S.A.S.900123456-7Autorretenedor
2Compañía ABC Ltda.800765432-1Agente Retenedor
3Distribuidora Manizales S.A.890123654-9Autorretenedor
4Comercializadora del Café S.A.S.900987654-3Agente Retenedor
5Constructora El Bosque S.A.S.830098765-2Autorretenedor

Consideraciones Generales

  1. Obligaciones de los agentes retenedores y autorretenedores:
    Los contribuyentes catalogados como agentes retenedores y autorretenedores deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
    • Retener y declarar el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) sobre las transacciones gravadas realizadas en el municipio.
    • Presentar la declaración mensual de las retenciones efectuadas, de acuerdo con el calendario tributario establecido por la Alcaldía de Manizales.
    • Conservar la documentación soporte de las retenciones efectuadas, como facturas y recibos, por un período mínimo de cinco años.
  2. Sanciones por incumplimiento:
    En caso de incumplimiento de las obligaciones como agente retenedor o autorretenedor, el contribuyente estará sujeto a las sanciones establecidas en el Estatuto Tributario Municipal, las cuales pueden incluir:
    • Multas monetarias por la omisión en la presentación de la declaración.
    • Recargos por mora e intereses generados.
    • Proceso administrativo sancionatorio que podría conllevar la suspensión de la condición de agente retenedor.

Normatividad

NormaDescripción
Estatuto Tributario MunicipalConjunto de normas que regulan las obligaciones tributarias y el procedimiento sancionatorio en Manizales.
Decreto Municipal No. 001/2024Define los requisitos para ser catalogado como agente retenedor y autorretenedor en el municipio.
Resolución 1234 de 2024Establece el calendario para la presentación de la declaración de retención del ICA.

Preguntas frecuentes

#PreguntasRespuestas
1¿A partir de cuándo entra en vigencia la clasificación de nuevos agentes retenedores y autorretenedores?La clasificación entra en vigencia a partir del 1ro de noviembre de 2024.
2¿Qué tipo de información deben presentar los nuevos agentes retenedores?Deben presentar las declaraciones mensuales de las retenciones efectuadas, con el detalle de las transacciones.
3¿Qué sucede si un agente retenedor no presenta la declaración?Estará sujeto a sanciones monetarias, recargos por mora y posibles procesos sancionatorios.
4¿Cuáles son los principales contribuyentes catalogados como agentes retenedores en Manizales?Entre los principales contribuyentes se encuentran Empresa XYZ S.A.S., Compañía ABC Ltda. y Distribuidora Manizales.

Ejemplo práctico

Ejemplo:

Una empresa clasificada como agente retenedor en el Municipio de Manizales realiza una transacción comercial de venta de bienes por un valor de $10,000,000. De acuerdo con su clasificación, deberá retener el 5% de este valor como Impuesto de Industria y Comercio (ICA), equivalente a $500,000. Este monto deberá ser declarado y consignado al municipio en la declaración mensual correspondiente al período en el que se realizó la transacción.