La Resolución SDH-000283 emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá el 5 de diciembre de 2024 establece disposiciones sobre la recepción de documentos tributarios y el recaudo de tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por esta entidad.
A continuación, se destacan puntos relevantes:
Principales aspectos:
- Documentos Tributarios:
- Incluyen declaraciones y recibos oficiales para el pago de impuestos como el predial, sobre vehículos automotores, industria y comercio, entre otros.
- Se contemplan facturas dentro del sistema de recaudo.
- Recaudo y verificación:
- Las entidades financieras deben garantizar la correspondencia de datos como el diseño del formulario, la validez del número de referencia y la integridad del documento.
- Se estipulan requisitos para el pago con cupones y la utilización de seriales automáticos en las transacciones.
- Medios Electrónicos de Pago:
- Se promueve el uso de canales como botones de pago, domiciliación, Internet, entre otros, sin costos adicionales para los contribuyentes.
- La información del recaudo electrónico debe enviarse de manera inmediata y seguir especificaciones técnicas estrictas.
- Obligaciones de las Entidades Recaudadoras:
- Deben enviar la información del recaudo, tanto físico como digital, dentro de los plazos establecidos.
- Se exige el uso de un sistema de serialización automática para registrar las transacciones.
- Sanciones:
- Se contemplan sanciones para las entidades recaudadoras que incumplan las disposiciones, con base en el Estatuto Tributario Nacional y normativa distrital.
- Facilidades para Contribuyentes:
- Modalidades de pago como el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC) para ciertos contribuyentes.
También te puede interesar:
- Liquidación a través del sistema informático aduanero SYGA importaciones de las medidas de salvaguardia y antidumping.
- ¿Sabía usted que las modificaciones del régimen de aduanas reducen significativamente los tiempos de trámites para exportadores e importadores?
Dejar una contestacion