Resolución SDH-000283: nuevas normas para la recepción y recaudo de tributos en Bogotá.


La Resolución SDH-000283 emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá el 5 de diciembre de 2024 establece disposiciones sobre la recepción de documentos tributarios y el recaudo de tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por esta entidad. 

A continuación, se destacan puntos relevantes:

Principales aspectos:

  1. Documentos Tributarios:
    • Incluyen declaraciones y recibos oficiales para el pago de impuestos como el predial, sobre vehículos automotores, industria y comercio, entre otros.
    • Se contemplan facturas dentro del sistema de recaudo.
  2. Recaudo y verificación:
    • Las entidades financieras deben garantizar la correspondencia de datos como el diseño del formulario, la validez del número de referencia y la integridad del documento.
    • Se estipulan requisitos para el pago con cupones y la utilización de seriales automáticos en las transacciones.
  3. Medios Electrónicos de Pago:
    • Se promueve el uso de canales como botones de pago, domiciliación, Internet, entre otros, sin costos adicionales para los contribuyentes.
    • La información del recaudo electrónico debe enviarse de manera inmediata y seguir especificaciones técnicas estrictas.
  4. Obligaciones de las Entidades Recaudadoras:
    • Deben enviar la información del recaudo, tanto físico como digital, dentro de los plazos establecidos.
    • Se exige el uso de un sistema de serialización automática para registrar las transacciones.
  5. Sanciones:
    • Se contemplan sanciones para las entidades recaudadoras que incumplan las disposiciones, con base en el Estatuto Tributario Nacional y normativa distrital.
  6. Facilidades para Contribuyentes:
    • Modalidades de pago como el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC) para ciertos contribuyentes.

También te puede interesar:


Objetivo de la ResoluciónRegular la recepción y el recaudo de tributos en Bogotá, asegurando eficiencia, transparencia y adaptabilidad tecnológica.Puntos principales de la ResoluciónAspectoDescripciónTipos de documentosDeclaraciones tributarias, recibos de pago de impuestos (predial, vehículos, ICA), facturas y otros documentos pertinentes.Medios de pagoPromueve botones de pago, domiciliación, banca en línea, entre otros. No debe haber costos adicionales para el contribuyente.ObligacionesLas entidades recaudadoras deben cumplir con especificaciones técnicas, asegurar la integridad de datos y reportar recaudos oportunamente.SancionesPenalizaciones para entidades que incumplan las normativas según lo establecido en la ley.Facilidades al contribuyenteIncluye el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC) para algunos casos.Proceso de Recaudo
  • Recepción de documentos: Validación de formularios, referencias de pago y autenticidad.Verificación: Las entidades verifican datos clave como serialización y registros.Reporte: El recaudo físico y digital debe ser reportado dentro de los tiempos estipulados.
  • Lista de Beneficios para Contribuyentes
  • Acceso a múltiples medios electrónicos para pagos.Reducción de trámites presenciales.Seguridad en el manejo de datos.Posibilidad de cuotas voluntarias en casos aplicables.


  • Sé el primero en comentar

    Dejar una contestacion

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


    *