“Respetados señores buenas tardes, De acuerdo a la Ley 675/ 2001 y a las normas NIIF, donde se establecen los principios generales para la presentación de revelaciones a los estados financieros, solicito su concepto sobre la obligatoriedad y finalidad que tienen las Revelaciones a los Estados Financieros, que deben ser presentados por el Administrador de una propiedad horizontal mixta; informe que debe ser presentado al Consejo de Administración, y a la Asamblea General Ordinaria de una propiedad horizontal. PREGUNTA: ¿Es de obligatorio cumplimiento, que el Administrador de una copropiedad horizontal, mixta (viviendas, Oficinas y locales), anexe las revelaciones con el detalle a nivel de terceros de los Ingresos y Gastos y otros movimientos contables que haya realizado durante el periodo fiscal, con descripción breve?” |
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Revelaciones propiedad horizontal. Descargar |