El Código Sustantivo del Trabajo y otras normas relacionadas garantizan a los empleados colombianos el derecho a licencias laborales remuneradas en casos específicos. Estas licencias permiten ausencias justificadas del trabajo sin afectar el salario del empleado y buscan equilibrar las responsabilidades laborales y personales.
Principales licencias laborales remuneradas
- Calamidad doméstica:
- Regulado por el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Permite ausencias para atender emergencias familiares o situaciones de fuerza mayor.
- Duración flexible según la emergencia.
- Fallecimiento de un familiar:
- Aplicable en caso de muerte de un cónyuge, compañero(a) permanente, padre, madre, hijo(a) o hermano(a).
- Hasta cinco días hábiles según el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Nacimiento o adopción:
- Los padres trabajadores tienen derecho a dos días hábiles para acompañar el nacimiento de un hijo.
- La Ley 2114 de 2021 extiende los mismos derechos a padres adoptivos.
- Licencia de maternidad: 18 semanas remuneradas.
- Licencia de paternidad: Actualmente dos semanas, ampliándose a cuatro en 2026.
- Licencia parental compartida:
- Seis semanas transferibles entre ambos padres.
- Incluye licencia parental por fallecimiento de la madre, donde el padre asume el tiempo pendiente.
- Otras licencias destacadas:
- Matrimonio: Tres días.
- Duelo: Tres días.
- Menstruación y endometriosis: Permisos específicos según la nueva normativa.
- Citas médicas y eventos escolares de hijos menores.
- Uso continuo de bicicleta: Un día remunerado cada semestre.
- Asuntos judiciales por violencia de género.
Sanciones para los empleadores
El incumplimiento de estas licencias puede generar sanciones administrativas, como multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), dependiendo de la gravedad del caso y el nivel de la empresa. Sin embargo, expertos indican que estas sanciones son poco comunes, siendo más frecuentes en el ámbito sindical.
Cambios propuestos por la reforma laboral
La reforma laboral incluye ajustes significativos, tales como:
- Extensión de la licencia de paternidad a cuatro semanas en 2026.
- Inclusión de permisos específicos por menstruación, endometriosis y eventos escolares.
- Reconocimiento de licencias por actividades que promuevan el bienestar, como el uso continuo de bicicleta.
Normatividad asociada
Norma o Directiva | Contenido Principal | Fecha de Emisión |
---|---|---|
Artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo | Obliga a los empleadores a otorgar licencias remuneradas por calamidades domésticas y fallecimientos. | Vigente desde su promulgación |
Artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo | Regula las licencias de maternidad y paternidad. | Vigente desde su promulgación |
Ley 2114 de 2021 | Igualdad de derechos para padres adoptivos y ampliación de licencias parentales. | 2021 |
Reforma laboral | Propuesta para ampliar licencias y reconocer nuevos derechos laborales. | En trámite legislativo |
Invitación a los empleadores
Se insta a las empresas a garantizar el cumplimiento de estas licencias, promoviendo un entorno laboral equitativo y saludable. Estas medidas no solo son un mandato legal, sino una inversión en la calidad de vida y productividad de los trabajadores.
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