¿Sabía usted que el certificado de discapacidad debe ser expedido únicamente por prestadores de salud autorizados por la Secretaría de Salud?


Certificado de Discapacidad como Documento Válido para Beneficio Tributario

El presente documento expone el pronunciamiento de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) respecto al certificado de discapacidad como soporte válido para acceder al beneficio tributario regulado en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997. Según este artículo, los empleadores que contraten personas con una discapacidad no inferior al 25% pueden deducir de su renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados a dichos trabajadores.

El certificado de discapacidad debe ser expedido por equipos multidisciplinarios de prestadores de servicios de salud autorizados por las secretarías de salud departamentales o distritales, cumpliendo con los lineamientos de la Resolución 1197 de 2024. Esta normativa establece que la valoración se realizará considerando tanto las deficiencias en estructuras y funciones corporales como las limitaciones en actividades y participación.

Finalmente, la Resolución 1197 de 2024 reemplaza la anterior Resolución 1239 de 2022, pero mantiene el certificado de discapacidad como documento válido para acreditar el beneficio tributario ante la DIAN, garantizando así la continuidad en la aplicación de la normativa a pesar de las actualizaciones.

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Contenido del Artículo

SecciónDescripción
Problema JurídicoDetermina si el certificado de discapacidad es válido para acreditar el beneficio tributario ante la DIAN.
Tesis JurídicaEstablece que el certificado de discapacidad es el documento requerido para el trámite del beneficio, según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997.
FundamentaciónExplica la normativa aplicable, incluyendo las referencias a la Resolución 1197 de 2024, Decreto 1742 de 2020 y Resolución DIAN 91 de 2021.
Actualización de la NormativaAclara la necesidad de actualizar la doctrina tras la derogación de la Resolución 1239 de 2022 por la Resolución 1197 de 2024.
Certificado de DiscapacidadProcedimiento de certificación por equipos multidisciplinarios autorizados y la determinación del grado de discapacidad basado en deficiencias y limitaciones del paciente.

Aspectos Importantes

Aspectos ImportantesDesarrollo de Cada Aspecto
Certificado de discapacidad como soporte tributarioEl certificado es el único documento válido para acreditar el beneficio tributario regulado en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997 ante la DIAN.
Procedimiento de certificaciónLa certificación debe ser realizada por equipos multidisciplinarios de salud, conforme a los lineamientos de la Resolución 1197 de 2024, para obtener un resultado global de discapacidad.
Actualización de doctrinaSe actualiza la doctrina debido a la derogación de la Resolución 1239 de 2022, aclarando que la valoración de discapacidad se basa en deficiencias y limitaciones de actividades y participación.

Comparativa Antes vs. Después del Pronunciamiento

Idea PrincipalAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Documento válido para beneficio tributarioEl documento requerido no estaba claro y se basaba en normas anteriores.El pronunciamiento establece que el certificado de discapacidad es el único documento válido.
Valoración de la discapacidadSe basaba en la Resolución 1239 de 2022.La Resolución 1197 de 2024 define un nuevo procedimiento de valoración por equipos de salud.
Actualización de la normativaNo había claridad sobre la actualización del marco normativo.Se actualiza la normativa para garantizar la correcta aplicación del beneficio tributario.

Normatividad

NormatividadDescripción
Ley 361 de 1997, Artículo 31Beneficio tributario para empleadores que contraten personas con limitación no inferior al 25%, permitiendo deducir el 200% de salarios.
Resolución 1197 de 2024Procedimiento para la certificación de discapacidad por equipos multidisciplinarios autorizados.
Decreto 1742 de 2020Reglamenta la forma en que deben aplicarse las normas tributarias y laborales a personas con discapacidad.
Resolución DIAN 91 de 2021Aclara la normatividad aplicable a la certificación de discapacidad para efectos tributarios.
Oficio 000384 del 26 de enero de 2024Pronunciamiento de la DIAN sobre la validez del certificado de discapacidad para la aplicación del beneficio tributario.

Preguntas Frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿Qué documento se requiere para acreditar el beneficio tributario del artículo 31 de la Ley 361 de 1997?El certificado de discapacidad expedido por equipos multidisciplinarios autorizados es el único documento válido ante la DIAN.
2¿Qué normativa se debe tener en cuenta para la certificación de discapacidad?La certificación se basa en la Resolución 1197 de 2024, que reemplaza la anterior Resolución 1239 de 2022.
3¿Quiénes pueden expedir el certificado de discapacidad?Los equipos multidisciplinarios de los prestadores de servicios de salud autorizados por las secretarías de salud departamentales o distritales.

Ejemplo Práctico

Situación: Un empleador contrata a una persona con una discapacidad certificada del 30% y desea aplicar el beneficio tributario correspondiente.
Desarrollo: El empleador debe presentar el certificado de discapacidad expedido por un equipo multidisciplinario ante la DIAN como soporte para deducir de su renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados al trabajador durante el periodo gravable.