¿Sabía usted que el Decreto 0323 de 2025 autoriza ayudas monetarias para adultos mayores desplazados en el Catatumbo sin necesidad de estar en el SISBEN?


Decreto 0323 de 2025

1. Contexto y Justificación

  • El Estado de Conmoción Interior fue declarado mediante el Decreto 0062 de 2025 debido a la grave crisis humanitaria y de seguridad en el Catatumbo y otras zonas de Norte de Santander y Cesar.
  • La crisis se debe a enfrentamientos entre grupos armados ilegales, generando desplazamiento forzado, confinamiento de comunidades y afectaciones a derechos fundamentales.
  • La Defensoría del Pueblo y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han alertado sobre el impacto del conflicto, señalando más de 54.000 desplazados y 23.000 confinados.
  • Se identificó que las entidades locales no tienen capacidad para atender la crisis, por lo que se requiere intervención del Gobierno Nacional.

2. Creación de la Ayuda Humanitaria Monetaria

  • Se autoriza al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social a entregar hasta 10 transferencias monetarias durante 2025 a personas mayores afectadas.
  • La ayuda busca complementar las establecidas en la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas) y la Ley 2421 de 2024.

3. Beneficiarios

  • Personas mayores de 60 años víctimas de desplazamiento forzado o confinamiento debido al conflicto en la región del Catatumbo y otras zonas afectadas.
  • No es necesario estar inscrito en el SISBEN ni en el Registro Único de Víctimas (RUV) para recibir la ayuda.
  • No podrán acceder quienes ya reciben subsidios del programa Colombia Mayor.

4. Monto y Condiciones de la Ayuda

  • Cada transferencia monetaria será de $230.000 COP.
  • Se entregará a cada persona mayor beneficiaria, sin importar si pertenece al mismo grupo familiar.
  • Se garantizará la confidencialidad y seguridad de los datos de los beneficiarios.

5. Fuentes de Financiación

  • Se financiará con recursos adicionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con lo establecido en el Decreto 175 de 2025, que prevé medidas tributarias para la crisis.

6. Exenciones y Beneficios Fiscales

Para asegurar que la ayuda llegue íntegra a los beneficiarios:

  • Exención del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) en todas las transacciones relacionadas con esta ayuda.
  • Exención del IVA en comisiones por transferencias financieras.
  • No se aplicará retención en la fuente sobre estos recursos.

7. Protección de la Ayuda Monetaria

  • Los recursos serán inembargables, es decir, no podrán ser retenidos para pagar deudas o gastos bancarios.
  • No se podrán descontar cuotas de manejo ni comisiones bancarias.

8. Vigencia

  • El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Conclusión

El Decreto 0323 de 2025 establece un mecanismo urgente y excepcional de ayuda monetaria a los adultos mayores víctimas del conflicto armado en el Catatumbo. La medida busca garantizar su subsistencia y minimizar los efectos de la crisis humanitaria que afecta la región. Para evitar barreras de acceso, la ayuda no está condicionada a registros previos y está libre de impuestos y embargos.