
🔍 ¿Sabía usted que el Decreto 0572 de 2025 podría vulnerar la equidad tributaria y agravar la liquidez empresarial?
✍️ Por: Póngasealdía con base en el análisis del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP
🧾 Introducción
El Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, expedido por el Ministerio de Hacienda, modificó las tarifas de autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios, así como las bases mínimas para su práctica. Si bien el Gobierno argumenta que estas medidas buscan fortalecer el recaudo anticipado y combatir la evasión, el análisis del INCP revela que la norma presenta problemas de proporcionalidad, fundamentación legal y equidad tributaria.
🧠 Postura técnica del INCP: Seis observaciones clave
A través de un análisis detallado realizado por su Comisión Tributaria y con el apoyo del tributarista Carlos Giovanni Rodríguez, el INCP planteó los siguientes puntos críticos:
1. 📉 Falsa motivación basada en una supuesta reactivación económica
Aunque el decreto fundamenta el alza de tarifas en un crecimiento económico general en 2024, el INCP advierte que el análisis debería considerar el comportamiento específico de cada sector. Se evidencian incrementos desproporcionados para sectores aún en recuperación:
Código CIIU | Actividad económica | Tarifa anterior | Nueva tarifa | Incremento % |
---|---|---|---|---|
4661 | Comercio mayorista de combustibles | 0,55% | 1,20% | 118% |
4111 | Construcción de edificios residenciales | 1,10% | 3,50% | 218% |
0123 | Cultivo de café | 0,55% | 1,20% | 118% |
8610 | Hospitales y clínicas con internación | 1,10% | 3,50% | 218% |
🔎 En todos los casos, los aumentos no guardan relación proporcional con los modestos o incluso negativos crecimientos económicos reportados por el DANE en años recientes.
2. 📜 Falta de respaldo en cambios legislativos
A diferencia del Decreto 0242 de 2024, que justificó sus ajustes con base en la Ley 2277 de 2022, el Decreto 0572 no presenta una norma legal específica que sustente las nuevas tarifas, lo cual desconoce el artículo 365 del Estatuto Tributario, que exige considerar los cambios legislativos para establecer tarifas de retención.
3. 💸 Afectación a la verdadera capacidad contributiva
El decreto parte de los ingresos brutos como base de retención, sin considerar los costos y deducciones reales. Esto puede llevar a una presión fiscal anticipada injustificada, contraria al principio constitucional de equidad tributaria.
4. ⚖️ Falta de equidad y neutralidad
Se identifican tratamientos inequitativos entre contribuyentes que no reflejan la realidad económica de sus sectores. Además, se altera la neutralidad tributaria, generando distorsiones que afectan las decisiones económicas de los agentes.
5. 🚫 Extralimitación de la potestad reglamentaria
El aumento de tarifas y reducción de bases mínimas de retención va más allá del objetivo legal de facilitar y asegurar el recaudo. El INCP señala que incluso se invocan finalidades ajenas, como el mejoramiento ambiental, excediendo así el marco funcional previsto para los decretos reglamentarios.
6. 🆘 Riesgo para la liquidez y continuidad empresarial
El efecto inmediato del alza de tarifas será una mayor inmovilización de recursos por vía de anticipos al Estado. Esto agrava la situación de sectores como el de la salud, cuya liquidez dependerá de las devoluciones de saldos a favor, proceso que actualmente presenta serias ineficiencias administrativas.
📌 Conclusión
El análisis del INCP pone en evidencia que el Decreto 0572 de 2025, lejos de consolidar una política fiscal coherente, genera serias preocupaciones técnicas, legales y económicas. Se insta a los actores del sistema tributario, incluida la academia y los gremios, a propiciar un debate abierto y técnico, y a considerar la interposición de acciones ante el Consejo de Estado.
❓ Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Aplica el Decreto 0572 de 2025 a todos los sectores económicos?
No. Aplica únicamente a ciertos sectores, principalmente aquellos donde se identificó una brecha entre el impuesto a cargo y las retenciones realizadas. Sin embargo, los criterios de selección no están suficientemente justificados.
2. ¿Pueden las empresas solicitar la devolución del exceso de autorretenciones?
Sí, pero el trámite de devolución puede tardar meses y está lleno de formalismos que afectan el flujo de caja empresarial.
3. ¿Tiene el Gobierno facultades para modificar estas tarifas?
Sí, pero deben respetar los principios constitucionales de equidad, legalidad, proporcionalidad y los límites del artículo 365 del Estatuto Tributario.
📚 Referencias normativas
- Decreto 0572 de 2025 – Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Artículo 365 del Estatuto Tributario
- Decreto 0242 de 2024
- Ley 2277 de 2022
- Datos económicos del DANE (2020–2024)
- Análisis técnico del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP
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