¿Sabía usted que el Gobierno colombiano actualiza anualmente la lista de jurisdicciones no cooperantes según estándares internacionales?


Reglamentación del Artículo 260-7 del Estatuto Tributario y Sustitución en el Decreto 1625 de 2016

Introducción

El presente decreto regula parcialmente el artículo 260-7 del Estatuto Tributario y sustituye el artículo 1.2.2.5.1. del Decreto 1625 de 2016.

Su objetivo principal es determinar las jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes tributarios preferenciales para fortalecer la transparencia fiscal y combatir la evasión de impuestos.

Aspectos Clave del Decreto

1. Base Legal

  • Artículo 260-7 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 109 de la Ley 1819 de 2016.
  • Decreto 1625 de 2016: Único Reglamentario en Materia Tributaria.
  • Ley 1661 de 2013: Convención de Asistencia Mutua en Materia Fiscal.

2. Criterios para Determinar Jurisdicciones No Cooperantes

  1. Bajos niveles de imposición: Tasas nominales sobre la renta significativamente inferiores a las de Colombia.
  2. Falta de intercambio efectivo de información: Limitaciones legales o administrativas.
  3. Opacidad administrativa: Falta de transparencia en aspectos legales y funcionales.
  4. Ausencia de actividad económica sustancial: Falta de presencia local real.

Comparativa Antes y Después del Pronunciamiento

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Listado de jurisdiccionesBasado en criterios limitadosActualización basada en estándares internacionales.
Transparencia fiscalMenor exigenciaMayor control sobre el intercambio de información tributaria.
Actividad económica sustancialNo reguladaSe exige actividad real en las jurisdicciones cooperantes.
Evaluación de jurisdiccionesRevisión anual limitadaInclusión y exclusión basada en informes técnicos detallados.

Normatividad

NormatividadDescripción
Artículo 260-7 del Estatuto TributarioEstablece los criterios para identificar jurisdicciones no cooperantes.
Ley 1661 de 2013Ratifica la Convención de Asistencia Mutua en Materia Fiscal.
Decreto 1625 de 2016Compila las normativas tributarias vigentes en Colombia.

Preguntas Frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿Qué son las jurisdicciones no cooperantes?Son países o territorios con bajos niveles de imposición, falta de transparencia o ausencia de intercambio de información fiscal.
2¿Cuándo entra en vigor este decreto?A partir del 1 de enero de 2025.
3¿Qué beneficios tiene esta actualización?Mejora la transparencia fiscal, facilita la cooperación internacional y combate la evasión de impuestos.
4¿Qué criterios se usan para incluir un país en la lista?Bajos impuestos, falta de intercambio de información, opacidad administrativa y ausencia de actividad económica sustancial.
5¿Qué organismo actualiza la lista de jurisdicciones no cooperantes?El Gobierno Nacional con apoyo de la DIAN, según el artículo 1.2.2.5.2 del Decreto 1625 de 2016.

Ejemplo Práctico

Caso: Una empresa colombiana realiza operaciones en un país con baja imposición tributaria y sin intercambio de información fiscal.
Aplicación: Según el decreto, ese país podría ser clasificado como una jurisdicción no cooperante, limitando beneficios fiscales para la empresa y aumentando la supervisión tributaria.


Pronunciamientos de la DIAN

FechaPronunciamiento
Mayo 2024Informe sobre el intercambio de información tributaria y acuerdos internacionales para combatir la evasión fiscal.
Diciembre 2023Listado actualizado de jurisdicciones no cooperantes basado en el artículo 260-7 del Estatuto Tributario.

Aspectos Importantes

Aspectos ImportantesDesarrollo de Cada Aspecto
Reglamentación del artículo 260-7Establece criterios para identificar jurisdicciones no cooperantes.
Sustitución del artículo en el Decreto 1625 de 2016Actualiza las disposiciones normativas relacionadas con jurisdicciones no cooperantes y regímenes preferenciales.
Transparencia fiscalPromueve el intercambio de información tributaria entre países.
Inclusión de estándares internacionalesUtiliza parámetros globales para determinar jurisdicciones de baja imposición.
Control contra la evasión fiscalMejora la capacidad del Estado para evitar el traslado de beneficios a paraísos fiscales.

Conclusión

Este decreto refuerza el compromiso de Colombia con la transparencia fiscal y el cumplimiento tributario, incorporando estándares internacionales para identificar y controlar jurisdicciones de baja o nula imposición. Esto contribuye significativamente a la lucha contra la evasión fiscal y la mejora del sistema tributario nacional.