¿Sabia usted que el nuevo pronunciamiento del CTCP mejora la transparencia y el control en las propiedades horizontales?


Orientación Técnica CTCP en Propiedades Horizontales

Actualización del Documento de Orientación Técnica – DOT 15
📆 Fecha de Radicación: 15 de enero de 2025
🏢 Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP)
🌐 Sitio Web: ctcp.gov.co


El CTCP actualiza y orienta sobre la normalización técnica contable, la presentación de información financiera y el aseguramiento de la información en propiedades horizontales.

Esta guía, basada en la Ley 675 de 2001, el DUR 2420 de 2015 y otras normativas relacionadas, busca mejorar la transparencia, confiabilidad y correcta toma de decisiones en entidades de copropiedad.


💼 En resumen: Se establecen criterios para el registro, la presentación y la revelación de ingresos, gastos, excedentes y demás partidas, además de aspectos relacionados con el control administrativo y el derecho de inspección.

1. Datos Generales y Contexto

DatoDescripción
RadicadoCTCP 2025-0006
Fecha de Radicación15 de enero de 2025
TemaTemas varios (Ingresos, Asamblea, EEFF, entre otros)
DirecciónCalle 13 Nº 28 – 01 Piso 6, Bogotá, Colombia
Contacto(601) 606 7676 – Línea Gratuita 01 8000 958283 / consultasctcp@mincit.gov.co

2. Principales Hechos y Preguntas Consultadas

La consulta se centra en diversos aspectos de la normalización técnica contable en propiedades horizontales. A continuación, se presenta una lista con los temas abordados y las inquietudes principales:

  • Vulneración de funciones en Asamblea:
    • Durante 25 años se vulneró la función indelegable de aprobar el presupuesto, lo que favorece a la empresa de economía mixta con mayor coeficiente.
  • Ingresos por limosnas o alcancías:
    • ¿Deben reflejarse en el estado de resultados?
    • Se plantea que, a pesar de ser donaciones, su omisión puede afectar la transparencia.
  • Constitución de comités para manejo de alcancías:
    • ¿Es posible conformar un comité en el consejo de administración sin autorización de la Asamblea?
  • Ejecución de gastos sin autorización de Asamblea:
    • Gastos en publicidad y alimentación no previstos en el presupuesto.
  • Presentación y certificación de estados financieros:
    • Inclusión de cuentas bancarias, concepto de activos y tratamiento de excedentes.
  • Normatividad en arrendamiento de parqueadero:
    • Requisitos contables y tributarios, emisión de facturas y soportes contables.
  • Derecho de inspección de la contabilidad:
    • Quiénes pueden ejercerlo y cómo se debe garantizar la transparencia en la información.
  • Entrega de estados financieros y presupuesto en Asamblea:
    • Requisitos legales de citación y firma de documentos, conforme a la Ley 675 de 2001 y la Ley 222 de 1995.

3. Consideraciones y Conceptos Fundamentales

El CTCP se basa en diversas normativas para emitir sus orientaciones. Estas son algunas de las bases normativas:

  • Normas contables y de información financiera:
    • Ley 675 de 2001
    • DUR 2420 de 2015
    • Ley 43 de 1990
    • Ley 1314 de 2009
  • Principales conceptos abordados:
    • Ingresos: Se reconoce que las limosnas constituyen ingresos y deben reflejarse para garantizar la integridad de la información financiera.
    • Excedentes: Se tratan como parte del patrimonio, sin que puedan distribuirse a los copropietarios.
    • Derecho de inspección: Se amplía la posibilidad de que los propietarios revisen los libros contables, basándose en normas complementarias como la Ley 222 de 1995.

4. Organización de la Información

a. Tabla Resumen de Aspectos Contables y Administrativos

AspectoRequerimiento / Observación
Ingresos por limosnasDeben registrarse como ingresos para mantener la integridad y transparencia de los estados financieros. 📊
Comités en el ConsejoLa conformación de comités para la disposición de fondos requiere autorización de la Asamblea. 🏛️
Gastos no presupuestadosGastos ejecutados sin autorización de Asamblea (publicidad, alimentación) no deben omitirse y deben ser debidamente justificados. 💡
Presentación de activosSe debe especificar el detalle de cuentas bancarias, siguiendo lo establecido en el DUR 2420 de 2015. 🏦
ExcedentesLos excedentes se reflejan en el patrimonio, y su tratamiento contable se basa en el DOT 15 actualizado. 📈
Arrendamiento de parqueaderoDebe cumplir con normatividad contable y tributaria, y contar con soportes y facturación adecuada según el Anexo 6 del DUR 2420 de 2015. 🅿️
Derecho de inspecciónLos copropietarios y arrendatarios pueden ejercer el derecho de inspección, incluso con acompañamiento de profesionales contables. 🔍
Entrega en AsambleaLos estados financieros y el presupuesto deben entregarse con antelación a la Asamblea, con firmas del contador y del revisor fiscal. ✍️

b. Tabla de Normatividad

Normatividad

NormatividadDescripción
Ley 675 de 2001Regula el régimen de propiedad horizontal, definiendo funciones de la Asamblea General y responsabilidades administrativas.
DUR 2420 de 2015Establece los lineamientos técnicos para la presentación de información financiera en microempresas y propiedades horizontales.
Ley 43 de 1990 y Ley 1314 de 2009Proveen el marco para la normalización técnica contable y la información financiera.
DOT 15 – ActualizadoGuía específica para la gestión contable en propiedades horizontales, abarcando el tratamiento de ingresos, gastos, activos y excedentes.
Ley 222 de 1995Regula aspectos de presentación de estados financieros, la firma de documentos y el derecho de inspección de la contabilidad en las sociedades.

5. Listado de Recomendaciones y Buenas Prácticas

  • Transparencia: Incluir todos los ingresos (como las limosnas) para evitar la omisión de información relevante.
  • Autorización: Los comités y gastos deben contar con la aprobación de la Asamblea General para garantizar el cumplimiento normativo.
  • Documentación: Registrar y conservar debidamente los soportes contables de todas las operaciones, conforme a los requisitos legales.
  • Presentación: Asegurar que los estados financieros sean claros, completos y estén debidamente certificados por el contador y el revisor fiscal.
  • Inspección: Facilitar el derecho de inspección de los propietarios para promover la confianza y la seguridad jurídica en la gestión de la copropiedad.

Conclusión

El documento del CTCP orienta la normalización técnica contable en propiedades horizontales, enfatizando la necesidad de transparencia, el cumplimiento de normativas y la adecuada presentación de la información financiera.

La actualización del DOT 15 y la integración de las normativas vigentes permiten a los administradores, contadores y revisoría fiscal tomar decisiones fundamentadas y asegurar la fiabilidad de los estados financieros, protegiendo así los intereses de todos los copropietarios.

Comparativa antes vs. Después del Pronunciamiento

Antes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
La información contable de la propiedad horizontal se registraba sin considerar ciertos ingresos y procedimientos de control.Se actualizan los criterios de registro y presentación, enfatizando la transparencia y la obligación de reflejar todos los ingresos, además de reforzar el derecho de inspección.
Principales CambiosAntesDespués
Registro de ingresosOmisión de ingresos por limosnas o alcancías.Obligación de reflejar estos ingresos para garantizar la integridad de la información.
Procedimientos de controlProcesos administrativos menos rigurosos y sin requerir autorización de Asamblea en algunos casos.Mayor control, con requerimientos de aprobación y presentación de estados financieros certificados.
Derecho de inspecciónLimitado en el ejercicio por parte de los copropietarios.Se refuerza el derecho de inspección, permitiendo mayor participación y transparencia.


El pronunciamiento actualiza la orientación técnica contable para propiedades horizontales, exigiendo la correcta revelación de ingresos y un mayor control en la administración, lo que mejora la transparencia y la seguridad en la información financiera.

Ejemplo Práctico:
Ejemplo Práctico
Imagina una copropiedad que recibe donaciones a través de alcancías instaladas junto a imágenes religiosas. Antes, estos ingresos se omitían en los estados financieros; ahora, deben registrarse para reflejar fielmente la realidad económica y garantizar la transparencia ante los copropietarios.

Normatividad

NormatividadDescripción
Ley 675 de 2001Regula el régimen de propiedad horizontal y define las funciones de la Asamblea General, incluyendo la aprobación de estados financieros y presupuestos.
DUR 2420 de 2015Establece lineamientos técnicos para la presentación de la información financiera en microempresas y propiedades horizontales.
DOT 15 – ActualizadoGuía orientativa específica para la gestión contable en propiedades horizontales, abordando el tratamiento de ingresos, gastos, activos y excedentes.
Ley 43 de 1990 y Ley 1314 de 2009Proveen el marco para la normalización técnica contable y la presentación de información financiera, asegurando la transparencia y la confiabilidad de los estados.
Ley 222 de 1995Regula la presentación de estados financieros y el derecho de inspección de la contabilidad en las sociedades, fortaleciendo la supervisión de la gestión administrativa.

Preguntas Frecuentes

Preguntas FrecuentesRespuestas
¿Deben reflejarse las limosnas en los estados financieros?Sí, para garantizar la integridad y transparencia de la información contable.
¿Se puede conformar un comité sin autorización de la Asamblea?No, se requiere la aprobación de la Asamblea para disponer de fondos o tomar decisiones relevantes.
¿Pueden ejecutarse gastos no presupuestados sin autorización?No, todos los gastos deben contar con la debida autorización de la Asamblea.
¿Cómo se deben presentar los activos de bancos y cuentas de ahorro?Deben especificarse los detalles relevantes, siguiendo lo establecido en el DUR 2420 de 2015.
¿Quiénes pueden ejercer el derecho de inspección de la contabilidad?Copropietarios y arrendatarios, con la posibilidad de contar con acompañamiento de profesionales contables.

En resumen.

El pronunciamiento actualiza la orientación técnica contable para propiedades horizontales, obligando a reflejar de manera íntegra todos los ingresos, incluidos los provenientes de alcancías, y estableciendo controles administrativos más rigurosos. Esto se traduce en una mayor transparencia y confiabilidad en los estados financieros.

Se refuerza la obligación de que decisiones importantes, como la conformación de comités o la ejecución de gastos, sean aprobadas por la Asamblea General, garantizando la participación de todos los copropietarios y evitando la vulneración de funciones esenciales.

Además, se destaca el fortalecimiento del derecho de inspección, permitiendo a los copropietarios revisar la contabilidad de manera efectiva, lo que contribuye a una mejor supervisión y a la toma de decisiones fundamentadas en la información financiera completa y verificable.

¿Sabia usted que el nuevo pronunciamiento mejora la transparencia y el control en las propiedades horizontales?
Sí, al actualizar las normas contables y exigir la correcta revelación de ingresos y gastos, se fortalece la confianza y la eficiencia en la gestión de las copropiedades.