Reglas de Pensión por Invalidez según Ley 100 de 1993
El artículo 39 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 860 de 2003, establece diferencias clave para la pensión de invalidez según la causa de la invalidez, ya sea por enfermedad o por accidente común. Este marco legal regula las condiciones bajo las cuales una persona puede acceder a la pensión por invalidez, tomando en cuenta el tiempo cotizado y la causa de la invalidez.
Criterios para el Acceso a la Pensión de Invalidez
La norma distingue entre las siguientes situaciones:
1. Invalidez causada por enfermedad
- Fecha de estructuración: Se utiliza como punto de partida para contar las 50 semanas de cotización requeridas.
- Regla general: La enfermedad puede desarrollarse de forma variable, por lo que la fecha de estructuración se toma como referencia para el conteo de las semanas.
2. Invalidez causada por accidente común
- Fecha del accidente: Se toma como referencia el hecho causante, es decir, el accidente que genera la invalidez.
- Excepción: Esta variante se aplica cuando el accidente es determinante, inmediato, directo y contundente para la invalidez.
- Conteo de semanas: Se deben cotizar 50 semanas en los tres años anteriores al accidente, como requisito para obtener la prestación.
Contraste Legal entre Enfermedad y Accidente
El contraste entre estos dos escenarios es esencial, ya que la enfermedad puede evolucionar de manera diferente, mientras que un accidente es un hecho objetivo que ocurre en un momento determinado. La Corte Suprema de Justicia reafirmó esta distinción en un fallo de 2023, señalando que, en casos de invalidez por accidente, el accidente debe ser el hecho directo que genera la incapacidad laboral.
Tabla comparativa: Enfermedad vs. Accidente
Hipótesis | Regla |
---|---|
Invalidez por enfermedad | El conteo de semanas inicia desde la fecha de estructuración de la invalidez. |
Invalidez por accidente común | El conteo de semanas inicia desde el hecho causante del accidente, cuando este es determinante. |
Normatividad
Normatividad | Descripción |
---|---|
Ley 100 de 1993, Artículo 39 | Regula el acceso a la pensión de invalidez por enfermedad o accidente común. |
Ley 860 de 2003 | Modifica las condiciones para acceder a la pensión de invalidez, estableciendo la diferencia entre enfermedad y accidente común. |
Ejemplo práctico
Ejemplo 1:
Pedro sufrió un accidente de tránsito en septiembre de 2024, que lo dejó con una invalidez permanente. Para acceder a su pensión de invalidez, Pedro debe demostrar que cotizó 50 semanas en los tres años anteriores al accidente.
Ejemplo 2:
María, en cambio, desarrolló una enfermedad degenerativa cuya fecha de estructuración fue en marzo de 2023. El conteo de las 50 semanas cotizadas debe iniciar desde esa fecha.
Preguntas frecuentes
# | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
1 | ¿Cuál es la diferencia principal entre la invalidez por enfermedad y por accidente según la Ley 100 de 1993? | La invalidez por enfermedad cuenta las semanas desde la fecha de estructuración, mientras que por accidente, desde el hecho causante. |
2 | ¿Qué ocurre si el accidente no causa la invalidez de manera inmediata? | Se sigue la regla general de invalidez por enfermedad, si la incapacidad es paulatina y no directa por el accidente. |
3 | ¿Cuántas semanas se deben cotizar para acceder a la pensión por invalidez? | Se requieren 50 semanas de cotización en los tres años anteriores a la fecha del accidente o estructuración. |
4 | ¿Qué determina la Corte Suprema en relación con la invalidez por accidente? | Que el accidente debe ser la causa directa, inmediata y contundente de la invalidez para aplicar la excepción. |