¿Sabía usted que funcionarios de la DIAN están siendo investigados por presuntamente permitir la prescripción de una deuda superior a 44 mil millones de pesos?


Introducción

En el marco del control fiscal y la defensa del patrimonio público, la Procuraduría General de la Nación anunció la apertura de una indagación previa contra funcionarios por determinar de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

El motivo: presuntas omisiones que habrían llevado a la prescripción de una deuda tributaria por más de 44 mil millones de pesos.

La investigación se originó a raíz de una denuncia presentada por un medio de comunicación, que alertó sobre la posible falta de diligencia por parte de funcionarios de la DIAN. Según se reporta, desde agosto de 2024 la Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (ITRC) ya había advertido sobre el riesgo de prescripción sin que se adoptaran medidas correctivas efectivas.

La situación ha generado gran preocupación en el ámbito contable y tributario, pues no solo se trata de un posible detrimento patrimonial para el Estado, sino también de una eventual falta disciplinaria de servidores públicos encargados de garantizar el recaudo fiscal y la legalidad en los procesos de cobro.


Análisis

Como contador público colombiano, este caso pone en evidencia la importancia del cumplimiento oportuno de los procedimientos de cobro coactivo y de la emisión de mandamientos de pago por parte de la DIAN, los cuales interrumpen la prescripción de obligaciones tributarias.

Desde el punto de vista doctrinal, la situación se relaciona con las funciones asignadas a la DIAN en el Estatuto Tributario (Art. 826 y siguientes), así como con el deber de los funcionarios de actuar con diligencia para evitar la pérdida de recursos públicos. Además, la Corte Constitucional ha enfatizado la obligación del Estado de proteger el patrimonio público y de garantizar la eficiencia del gasto y del ingreso.

La omisión de actos administrativos claves puede derivar en responsabilidad disciplinaria, conforme al Código Disciplinario Único (Ley 734 de 2002) y a las competencias de la Procuraduría. Esta situación también puede configurar responsabilidad fiscal si se determina daño al erario, lo cual estaría en cabeza de la Contraloría General.


Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: Una deuda tributaria de $10.000 millones con vencimiento en 2021 no fue gestionada con el mandamiento de pago correspondiente. En 2024, al haber transcurrido el término de prescripción sin actuación efectiva, se pierde la posibilidad legal de cobro.

Ejemplo 2: Un funcionario encargado del cobro coactivo omite revisar alertas internas del sistema que notifican plazos próximos a prescripción. El sistema contable de la DIAN registra la deuda como incobrable en 2025, impactando negativamente los ingresos fiscales esperados.


Tabla comparativa de cambios

AntesAhoraComentario del cambio
Emisión oportuna del mandamiento de pago interrumpía la prescripciónOmisión en la emisión llevó a prescripción de deudaFalta de actuación oportuna afectó el recaudo estatal
Alertas de riesgo eran emitidas por el ITRC desde 2024No se tomaron medidas preventivas desde la DIANPosible negligencia funcional que debe investigarse
Deudas fiscales con posibilidad de cobroDeudas prescritas, consideradas incobrablesPérdida efectiva de recursos públicos por omisión administrativa

Preguntas frecuentes (FAQ)

1. ¿Qué significa que una deuda fiscal prescriba?
Significa que el Estado pierde legalmente la posibilidad de cobrarla por el paso del tiempo sin gestión efectiva.

2. ¿Quién es responsable del cobro de las deudas tributarias?
La DIAN, específicamente a través de su proceso de cobro coactivo.

3. ¿Qué consecuencias tiene para un funcionario permitir la prescripción de una deuda?
Puede enfrentar procesos disciplinarios, fiscales y eventualmente penales.

4. ¿Qué hizo la Procuraduría en este caso?
Ordenó una indagación previa y la recolección de pruebas para determinar responsables.

5. ¿Cómo afecta esto al ciudadano común o al empresario?
Una menor eficiencia en el recaudo fiscal puede implicar más presión tributaria para otros contribuyentes cumplidos.


Conclusión

Este caso evidencia la importancia del control interno y la vigilancia sobre el cumplimiento de funciones en entidades como la DIAN. Las alertas tempranas deben ser atendidas con acciones concretas que eviten perjuicios al erario.

Además, se hace un llamado a reforzar los sistemas de gestión del cobro coactivo y la rendición de cuentas de los funcionarios públicos. La confianza ciudadana en las instituciones depende, en gran parte, de su capacidad para salvaguardar los recursos del Estado.


✍️ Publicado por: CP Óscar Jaramillo Toro
💼 Póngasealdía.com
Actualidad contable, tributaria y laboral.



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