
Bonificación única y aportes a seguridad social: lo que cambió tras la sentencia del Consejo de Estado
La bonificación única o bono por firma, aunque no constituye salario por pacto expreso entre empleador y trabajador, sí debe incluirse en el cálculo del tope del 40% previsto en el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010.
Por su parte, los pagos por alojamiento y alimentación no deben incluirse en dicho cálculo al ser considerados no salariales por naturaleza.
🔍 Ejemplo práctico:
Una empresa paga una bonificación única no salarial a sus trabajadores. Aunque no es salario, si este pago supera el 40% de la remuneración total junto con otros pagos similares, se incluyen para liquidar aportes a seguridad social.
📊 Resumen de efectos tributarios
Concepto | ¿Constituye salario? | ¿Se incluye en el 40%? |
---|---|---|
Bonificación única | ❌ No | ✅ Sí |
Alojamiento y alimentación | ❌ No | ❌ No |
📋 Aspectos clave de la sentencia
- La bonificación única fue pactada como no salarial.
- Fue otorgada una sola vez, no tiene habitualidad.
- Se debe incluir en el 40% para efectos del IBC.
- Los auxilios de alojamiento y alimentación son no salariales.
- UGPP deberá ajustar liquidaciones según estos criterios.
📊 Comparativa: Antes vs. Después del pronunciamiento
Elemento | Antes del fallo | Después del fallo |
---|---|---|
Bonificación única | Se trataba como salario si no había certificación completa | Se reconoce como no salarial pero se incluye en el 40% |
Alojamiento y alimentación | Se incluían en el 40% del IBC | Se excluyen por ser no salariales por naturaleza |
Exoneración (art. 25 Ley 1607) | Aplicación limitada y sujeta a interpretación | Se ordena excluir trabajadores exonerados del ajuste |
📚 Datos relevantes encontrados
Fuente | Dato clave |
---|---|
Consejo de Estado | La bonificación única es no salarial pero se incluye en el límite del 40%. |
Gerencie.com | El alojamiento y alimentación son no salariales por naturaleza. |
Póngasealdía | Exoneración válida para trabajadores con devengos menores a 10 SMMLV. |
❓ Pregunta “Sabía usted que…”
¿Sabía usted que incluso un pago no salarial puede incrementar la base de aportes a seguridad social?
✅ Sí, si supera el 40% del total de la remuneración, debe incluirse para liquidar aportes.
📘 Normatividad
Normatividad | Descripción |
---|---|
Ley 1393 de 2010, art. 30 | Límite del 40% de pagos no salariales frente al IBC. |
Ley 1607 de 2012, art. 25 | Exoneración de aportes a ciertos trabajadores. |
CST, art. 127 y 128 | Define qué pagos son o no salario. |
Sentencia CE, mar. 20/2025 | Define tratamiento de la bonificación única y otros pagos. |
❓ Preguntas Frecuentes
- ¿La bonificación única es salario?
No, pero se incluye en el cálculo del 40%. - ¿Qué pasa si el límite del 40% se supera?
El excedente se suma al IBC para calcular aportes. - ¿Qué pagos no se deben incluir en el 40%?
Los que no tienen naturaleza salarial, como alimentación. - ¿Qué prueba exige la UGPP?
Contratos y certificaciones que desalaricen los pagos. - ¿A quién aplica la exoneración del artículo 25?
A quienes no superan 10 SMMLV de devengos salariales.
✏️ En resumen
La sentencia del Consejo de Estado aclara que, aunque ciertos pagos como la bonificación única no tienen naturaleza salarial, deben incluirse en el límite del 40% del artículo 30 de la Ley 1393 cuando han sido desalarizados por pacto expreso. Esto obliga a las empresas a revisar cuidadosamente sus pagos no salariales frente a los límites legales.
Por otra parte, los pagos por alojamiento y alimentación fueron ratificados como no salariales por naturaleza, por lo que deben excluirse del cálculo del 40%. Esta distinción mejora la seguridad jurídica para los empleadores en sus procesos de fiscalización ante la UGPP.
Finalmente, el fallo fortalece la jurisprudencia sobre la interpretación de pactos de desalarización y sus efectos en la base de cotización parafiscal, reforzando la necesidad de sustento documental claro en las relaciones laborales. 📄⚖️📊
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