Proyecto de Ley para la Devolución Exprés de Saldos a Favor en la Declaración de Renta
La plenaria del Senado de la República aprobó un proyecto de ley que busca agilizar el proceso de devolución de saldos a favor en las declaraciones de renta, modificando el artículo 855 del Estatuto Tributario. Esta iniciativa continúa su trámite y se discutirá en tercer debate en la Cámara de Representantes.
Cambios Principales
- Reducción de tiempos
La DIAN realizará la devolución de saldos a favor en la declaración de renta de forma más rápida. - Eliminación de la solicitud del contribuyente
El proyecto busca que la devolución se realice automáticamente, sin que el contribuyente deba presentar una solicitud. - Ampliación de beneficiarios
Se incluye a personas asalariadas y quienes devengan honorarios como beneficiarios de esta devolución automática.
Modificación al Estatuto Tributario
Este proyecto modifica el artículo 855 del Estatuto Tributario, el cual regula la devolución y/o compensación de saldos a favor en las declaraciones tributarias.
El cambio busca:
- Acelerar el proceso de devolución automática de saldos a favor.
- Ampliar los términos para que los contribuyentes presenten las solicitudes y la DIAN efectúe la devolución.
Normativa Relevante
Normatividad | Descripción |
---|---|
Estatuto Tributario, Artículo 855 | Regula la devolución y compensación de saldos a favor en impuestos. |
Decreto Ley 624 de 1989 | Incorpora procedimientos para la devolución de saldos a favor originados en impuestos. |
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes
# | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
1 | ¿Qué modifica el proyecto de ley en el Estatuto Tributario? | Modifica el artículo 855 para agilizar la devolución de saldos a favor en renta. |
2 | ¿Quiénes se beneficiarán de la devolución automática? | Personas asalariadas y quienes devengan honorarios, cumpliendo ciertos requisitos. |
3 | ¿Es necesario que el contribuyente solicite la devolución? | No, el proyecto busca que la devolución sea automática. |