¿Sabía usted que la empresa no puede obligarlo a almorzar en sus instalaciones sin un acuerdo previo?


Introducción

La jornada laboral y los tiempos de descanso son temas que generan constantes inquietudes entre empleadores y trabajadores. Con la entrada en vigencia de la Ley 2101 de 2021, que reduce de forma gradual la jornada laboral semanal en Colombia, han surgido preguntas relacionadas con la distribución del tiempo, en particular con la hora de almuerzo y las facultades del empleador para limitar el uso de este espacio.

El Ministerio de Trabajo, mediante el concepto jurídico del 27 de febrero de 2024 (Radicado 02EE2024410600000005096), aclaró aspectos clave sobre la hora de almuerzo, la posibilidad de permanecer dentro de las instalaciones de la empresa y la relación de este descanso con la jornada laboral. 

El documento precisa que el almuerzo no se computa como tiempo laboral y que, salvo disposiciones contractuales, el trabajador puede decidir dónde tomar sus alimentos.

Comprender estos conceptos es fundamental para empresas y trabajadores, ya que permite evitar conflictos, sanciones o interpretaciones erróneas frente a la normativa laboral vigente.


Análisis

El Código Sustantivo del Trabajo (CST), en su artículo 167, establece que la jornada debe dividirse en al menos dos secciones, con un descanso intermedio adaptado a la naturaleza del trabajo. Este tiempo de descanso no se remunera ni se considera parte de la jornada laboral.

El concepto emitido por el Ministerio de Trabajo aclara lo siguiente:

  • La hora de almuerzo no forma parte de la jornada laboral; por tanto, no es un descanso remunerado.
  • El empleador no puede obligar al trabajador a almorzar en la empresa, salvo que esto esté pactado en el contrato, reglamento interno o convención colectiva.
  • La reducción de la jornada semanal establecida por la Ley 2101 de 2021 no afecta el derecho del trabajador a usar libremente su tiempo de descanso.

Doctrina y jurisprudencia citadas

  • Ley 2101 de 2021, artículos 3, 4 y 5: Gradualidad en la reducción de la jornada laboral sin afectar salario ni derechos adquiridos.
  • Artículo 167 del CST: Obligación del empleador de permitir un descanso intermedio.
  • Sentencia T-139 de 2017 de la Corte Constitucional: Alcance del derecho de petición y su respuesta no vinculante.

Ejemplos prácticos

  1. Caso hipotético: Un trabajador con jornada continua de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. recibe una hora de almuerzo entre 12:00 m. y 1:00 p.m. La empresa no puede exigir que consuma sus alimentos únicamente en el comedor institucional, salvo que haya acuerdo contractual.
  2. Caso real: Si la empresa decide cerrar temporalmente las puertas por motivos de seguridad, deberá pactar este tipo de medida con los trabajadores, o de lo contrario podría estar vulnerando derechos de libertad personal.

Tabla comparativa de cambios

AntesAhoraComentario del cambio
Jornada máxima de 48 horas semanalesJornada gradual a 42 horas (2026)Ley 2101 de 2021 establece reducción sin afectar salario ni derechos.
Almuerzo visto como tiempo laboral en algunas empresasAlmuerzo no hace parte de la jornada laboralEl tiempo de almuerzo no es remunerado salvo excepciones.
Restricciones al lugar de almuerzo sin regulación claraLibertad de desplazamiento del trabajadorEl empleador solo puede restringir con acuerdos escritos.

Preguntas frecuentes (FAQ)

1. ¿Puede el empleador obligarme a almorzar dentro de la empresa?
No, salvo que esté pactado en el contrato o reglamento interno.

2. ¿El tiempo de almuerzo se paga como tiempo laboral?
No, según el artículo 167 del CST, este descanso no se computa como parte de la jornada.

3. ¿La reducción de la jornada laboral afecta el tiempo de almuerzo?
No, la Ley 2101 solo reduce las horas de trabajo, no los descansos.

4. ¿Qué pasa si la empresa me obliga a trabajar durante el almuerzo?
Ese tiempo se considera parte de la jornada y debe ser remunerado.

5. ¿Puedo negociar mi horario de almuerzo con el empleador?
Sí, la ley permite acuerdos para distribuir la jornada y los descansos.


Conclusión

El concepto del Ministerio de Trabajo reafirma que el almuerzo es un descanso no remunerado y que el trabajador conserva su libertad de decidir cómo y dónde usarlo. La Ley 2101 de 2021 introduce una reducción gradual de la jornada laboral, pero no modifica los derechos relacionados con el descanso intermedio. 

Para evitar conflictos, las empresas deben regular estos temas en los contratos y reglamentos internos.


✍️ Publicado por: CP Óscar Jaramillo Toro
💼 Póngasealdía.com
Actualidad contable, tributaria y laboral



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