¿Sabía usted que la periodicidad de la toma de inventarios no es regulada por el CTCP, sino que depende del control interno de cada empresa?


Control de inventarios – periodicidad. Concepto CTCP 311 de 2024

CONSULTA (TEXTUAL)

“¿Existe un concepto o alguna normatividad que hable sobre la toma de inventario física si se puede hacer de manera fraccionada (es decir toma inventarios intermedios) o la periodicidad de este es al inicio del mes que se vaya ejercer?

Resulta que por internet estuve buscando y encontré aparentemente un concepto emitido por ustedes que habla de ese tema pero cuando lo fui a buscar en la página de la CTCP me aparece como inexistente, entonces no sabría si es verídico o no ese concepto (Concepto 20180349 del CTCP).

Quisiera me pudieran ayudar frente a este tema para poder unificar criterio y ayudar a nuestra comunidad”.

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

En respuesta a la consulta, el CTCP no tiene competencia para determinar la periodicidad con la que se debe realizar la toma física de inventarios. Esta decisión recae exclusivamente en la empresa, la cual es responsable de establecer los procedimientos de control interno adecuados para gestionar sus inventarios de acuerdo con la complejidad, fiabilidad y tipo de medición que determine en sus políticas contables.

Así mismo, es importante señalar que las directrices para el tratamiento contable de los inventarios son las establecidas en la NIC 2, para las entidades que aplican NIIF Plenas, y en la Sección 13 para quienes aplican NIIF para las Pymes, conforme a lo incorporado en los anexos 1 y 2, respectivamente, del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.

Además, le invitamos a consultar el siguiente concepto emitido por este Organismo que le puede ser de utilidad:

  • Control de inventarios (CTCP 2023-0518)

Finalmente, es pertinente mencionar que los conceptos oficiales emitidos por el CTCP los puede consultar en la página www.ctcp.gov.co en el enlace conceptos.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este concepto son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.


Control de Inventarios – Periodicidad (Concepto CTCP 311 de 2024)

Resumen

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 311 de 2024 para responder a una consulta sobre la periodicidad y fraccionamiento de la toma física de inventarios. El CTCP aclara que no tiene competencia para determinar cuándo o con qué frecuencia deben realizarse estas tomas físicas. En su lugar, es responsabilidad de cada empresa definir estos procesos, considerando su control interno y políticas contables.

Se sugiere que la empresa establezca sus propios procedimientos de control en función de la complejidad y fiabilidad de su inventario, apoyándose en las directrices contables establecidas en la NIC 2 para entidades que aplican NIIF Plenas, y en la Sección 13 de las NIIF para PYMES. Estos principios están integrados en los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones.


Aspectos importantes

Aspectos importantesDesarrollo de cada aspecto
Competencia del CTCPEl CTCP no tiene competencia para definir la periodicidad de las tomas de inventarios, lo cual es responsabilidad de la empresa.
Normas aplicables para el control de inventariosPara entidades bajo NIIF Plenas, se aplica la NIC 2, mientras que las NIIF para PYMES utilizan la Sección 13. Estas normas se encuentran en los anexos del Decreto 2420 de 2015 y deben seguirse según el marco contable de la entidad.
Procedimientos de control internoLa toma física de inventarios debe basarse en el control interno de la empresa, adaptándose a sus necesidades y procesos específicos, y garantizando la fiabilidad y exactitud de la información financiera.

Comparativa antes y después del pronunciamiento

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Determinación de la periodicidad de los inventariosNo estaba claro si el CTCP tenía autoridad para establecer la periodicidad de las tomas de inventarios.El CTCP aclara que no tiene competencia, dejando la responsabilidad a la empresa para establecer sus procedimientos.
Normas contables aplicablesSe esperaba que el CTCP proporcionara directrices claras sobre la normativa aplicable.Se confirma que deben seguirse las normas de la NIC 2 o Sección 13 de las NIIF para PYMES, según corresponda.
Control interno y políticas contablesNo se mencionaba claramente el papel del control interno en la toma de inventarios.El pronunciamiento subraya la importancia del control interno en la determinación de la periodicidad y exactitud.

Normatividad

NormatividadDescripción
NIC 2 – InventariosNorma internacional que regula el tratamiento contable de los inventarios, aplicable a entidades que usan NIIF Plenas.
Sección 13 de las NIIF para PYMESProporciona directrices específicas sobre el tratamiento contable de inventarios para las pequeñas y medianas empresas.
Decreto 2420 de 2015Decreto Único Reglamentario que incorpora la NIC 2 y la Sección 13 de las NIIF para PYMES, con sus anexos.
Artículo 28 de la Ley 1437 de 2011Regula los efectos de los conceptos emitidos por el CTCP, como los plazos y formalidades para responder a consultas técnicas.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿El CTCP establece la periodicidad de la toma de inventarios?No, la periodicidad es responsabilidad de la empresa, que debe establecer sus procedimientos de control interno.
2¿Qué norma contable regula los inventarios para empresas bajo NIIF Plenas?La NIC 2 regula el tratamiento contable de inventarios en empresas bajo NIIF Plenas.
3¿Qué norma aplica a las PYMES para el tratamiento de inventarios?Las NIIF para PYMES, específicamente la Sección 13, establecen las directrices para las pequeñas y medianas empresas.
4¿Qué rol juega el control interno en la toma de inventarios?El control interno es clave para determinar la periodicidad y confiabilidad de la toma de inventarios, según las necesidades y complejidad de la empresa.

Este concepto aclara que las empresas deben tener un control interno robusto para gestionar sus inventarios de manera eficiente, sin esperar directrices específicas sobre periodicidad por parte del CTCP.