¿Sabía usted que la SDH podrá solicitar información detallada de sus operaciones aunque no sea contribuyente?


Proyecto de Resolución de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH)

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH) ha publicado un proyecto de resolución relacionado con la información exógena distrital para sujetos pasivos de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores. Este proyecto busca mejorar el control de los tributos distritales mediante el cruce de información, conforme al Decreto Distrital 807 de 1993. Las personas y entidades, tanto contribuyentes como no contribuyentes, podrán ser requeridas para proporcionar información relacionada con sus operaciones, lo cual permitirá una gestión más eficiente y alineada con el Estatuto Tributario Nacional.

Este proyecto estará disponible para comentarios hasta el 5 de septiembre de 2024, permitiendo a los interesados expresar sus observaciones a través del enlace proporcionado por la SDH. Es importante destacar que la parte motivacional del proyecto enfatiza la necesidad de armonizar el procedimiento y la administración de los tributos distritales, adaptándose a las normativas nacionales para asegurar un control más riguroso y eficiente.

Finalmente, este esfuerzo busca facilitar el trabajo del Director Distrital de Impuestos, quien tendrá la autoridad de solicitar información detallada sobre operaciones y partidas de declaraciones tributarias. Esta medida pretende asegurar un cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales y optimizar la recaudación de impuestos en el distrito.

Aspectos Importantes

Aspectos importantesDesarrollo de cada aspecto
Proyecto de resolución de la SDHPublicación de un proyecto para mejorar el control de los tributos distritales mediante el cruce de información.
Comentarios sobre el proyectoLos comentarios pueden ser presentados hasta el 5 de septiembre de 2024 a través de un enlace específico proporcionado por la SDH.
Solicitud de información por parte del DirectorEl Director Distrital de Impuestos podrá requerir información detallada de personas y entidades, tanto contribuyentes como no contribuyentes, para optimizar el control tributario.

Comparativa: Antes vs. Después del Pronunciamiento

Antes del pronunciamientoDespués del pronunciamientoCambios principales
El control de los tributos distritales estaba menos centralizado.Se introduce la posibilidad de solicitar información detallada sobre operaciones y partidas de declaraciones tributarias.Se mejora el control tributario y se armoniza con el Estatuto Tributario Nacional.
Las normas no especificaban detalladamente el cruce de información.Se establece un marco normativo claro para efectuar estudios y cruces de información necesarios para el control tributario.Mayor claridad y especificidad en la normativa para la gestión tributaria distrital.

Normatividad

Normatividad

NormatividadDescripción
Decreto Distrital 807 de 1993Armoniza el procedimiento y la administración de los tributos distritales con el Estatuto Tributario Nacional y establece disposiciones adicionales.
Proyecto de Resolución de la SDHPropuesta normativa para solicitar información exógena distrital de sujetos pasivos de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores.

Ejemplo Práctico

Supongamos que una empresa con operaciones en Bogotá no es contribuyente de impuestos distritales. Antes del pronunciamiento, esta empresa no tenía la obligación de proporcionar detalles sobre sus operaciones al distrito. Sin embargo, después del pronunciamiento, el Director Distrital de Impuestos podría solicitarle información detallada sobre sus transacciones con terceros, aunque la empresa no sea contribuyente. Esto permitirá un control fiscal más efectivo y evitará la evasión de impuestos a través de terceros.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿Qué objetivo tiene el proyecto de resolución de la SDH?Mejorar el control de los tributos distritales mediante el cruce de información de sujetos pasivos de los impuestos predial y sobre vehículos automotores.
2¿Hasta cuándo se pueden hacer comentarios sobre el proyecto?Los comentarios se pueden presentar hasta el 5 de septiembre de 2024.
3¿Quién puede ser requerido para proporcionar información según el proyecto?Personas o entidades, contribuyentes o no, declarantes o no declarantes, podrán ser requeridos para proporcionar información sobre sus operaciones.
4¿Qué normativa se armoniza con el proyecto de resolución?Se armoniza con el Estatuto Tributario Nacional, conforme al Decreto Distrital 807 de 1993.
5¿Qué tipo de información puede solicitar el Director Distrital de Impuestos?Información relacionada con operaciones propias o con terceros, así como la discriminación total o parcial de las partidas consignadas en las declaraciones.

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