Resolución de la Superintendencia de Sociedades para el año 2024
Resumen del contenido
La Superintendencia de Sociedades, mediante resolución, establece la tarifa de contribución que las Cámaras de Comercio deben pagar para el año 2024. La normativa detalla el porcentaje de participación de cada Cámara en el total de ingresos de operación y establece los procedimientos para el cobro y pago de esta contribución.
Además, la resolución define el plazo de pago y las consecuencias de incumplimiento, incluyendo el inicio de procesos de cobro persuasivo y coactivo. Esta medida es parte de la función de supervisión y control de la Superintendencia, garantizando la transparencia y el cumplimiento normativo de las Cámaras de Comercio del país.
Finalmente, se establece el marco normativo y presupuestal que justifica la contribución, basándose en la Ley de Emprendimiento (Ley 2069 de 2020) y los Decretos 1736 de 2020 y 1380 de 2021.
Lista de Contenido del Artículo
Sección | Descripción |
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Antecedentes Normativos | Mención de las leyes y decretos que sustentan la resolución. |
Distribución de Contribuciones | Listado de las Cámaras de Comercio y sus respectivos valores a pagar según porcentaje de participación en los ingresos. |
Plazos y Condiciones | Establecimiento de plazos de pago y sanciones por incumplimiento. |
Aspectos Presupuestales | Relación con el presupuesto de ingresos de la Superintendencia de Sociedades y su distribución conforme a la Ley 2342 de 2023 y el Decreto 2295 de 2023. |
Resoluciones Finales | Normas de aplicación, inicio de vigencia y proceso de publicación de la resolución. |
Ideas Principales
Aspectos Importantes | Desarrollo de cada aspecto |
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1. Tarifa de Contribución de Cámaras de Comercio | Se establece el porcentaje de participación de cada Cámara de Comercio para el año 2024. |
2. Plazo y Condiciones de Pago | Las Cámaras deberán pagar la contribución en un plazo de 20 días calendario a partir de la fecha de expedición de la cuenta de cobro. |
3. Procesos de Cobro en Caso de Incumplimiento | Si no se realiza el pago dentro del plazo, se inician procesos de cobro persuasivo y coactivo para garantizar el cumplimiento. |
Comparativa: Antes vs. Después del Pronunciamiento
Aspecto | Antes del Pronunciamiento | Después del Pronunciamiento |
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Tarifa de contribución | No se contaba con una tarifa de contribución establecida para las Cámaras de Comercio supervisadas por la Superintendencia de Sociedades. | Se establece una tarifa basada en el porcentaje de ingresos de operación de cada Cámara de Comercio. |
Procedimiento de Cobro | No existía un procedimiento detallado para el cobro de contribuciones. | El procedimiento se especifica, con plazos y sanciones claras por incumplimiento, incluyendo intereses de mora. |
Consecuencias por Incumplimiento | No se mencionaban medidas específicas. | Se inician procesos persuasivos y coactivos en caso de no realizar el pago en el plazo establecido. |
Normatividad
Normatividad | Descripción |
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Ley 2069 de 2020 | Ley de Emprendimiento, que regula la inspección y control de las Cámaras de Comercio por parte de la Superintendencia de Sociedades. |
Decreto 1736 de 2020 | Define la contribución de las Cámaras de Comercio y las funciones generales de la Superintendencia de Sociedades. |
Decreto 1380 de 2021 | Modifica el Decreto 1736 de 2020 para incluir las contribuciones de las Cámaras como parte de los ingresos de la Superintendencia. |
Resolución 500-000288 de 2024 | Distribuye las partidas del Presupuesto de Ingresos de la Superintendencia para la vigencia fiscal de 2024. |
Preguntas Frecuentes
1. ¿Cuál es la base para calcular la contribución de las Cámaras de Comercio?
La base para calcular la contribución es el ingreso de actividades ordinarias determinado en los estados financieros de la vigencia inmediatamente anterior.
2. ¿Cuál es el plazo para pagar la contribución?
El plazo es de 20 días calendario a partir de la fecha de expedición de la cuenta de cobro.
3. ¿Qué sucede si no se realiza el pago en el plazo establecido?
Se aplican intereses de mora y se inician procesos de cobro persuasivo y coactivo.
Tabla Comparativa del Valor a Pagar por Cámara de Comercio en el Año 2024
Cámara de Comercio | Porcentaje de Participación | Valor a Pagar |
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Cámara de Comercio de Bogotá | 37,47% | $3.372.100.000 |
Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia | 11,11% | $999.998.000 |
Cámara de Comercio de Cali | 6,41% | $577.168.000 |
Cámara de Comercio de Barranquilla | 3,98% | $358.098.000 |
Cámara de Comercio de Bucaramanga | 3,93% | $354.018.000 |