
El documento del CTCP (Consejo Técnico de la Contaduría Pública) responde a una consulta sobre el reconocimiento contable de:
- Mejoras en bienes ajenos (bodega y oficina construidas en un terreno propiedad de una socia).
- Un vehículo a nombre de una socia, usado por la empresa, registrado contablemente pero sin depreciación.
Resumen y respuestas clave del CTCP:
1. Construcción en terreno ajeno sin depreciación
- La construcción fue registrada como «mejora en bien ajeno», lo cual es correcto.
- La entidad debió empezar a depreciar desde que se puso en funcionamiento, según la NIIF para PYMES (Sección 17).
- La falta de depreciación constituye un error contable material.
- Se debe corregir retroactivamente este error, reexpresando los estados financieros desde el inicio, salvo que no sea practicable.
2. Vehículo a nombre de una socia pero usado por la empresa
- Aunque no hay título de propiedad a nombre de la empresa, la NIIF permite el reconocimiento de activos si hay control económico (uso, beneficios y pagos realizados por la empresa).
- La sociedad ha tenido control del vehículo (lo usa, paga cuotas, obtiene beneficios).
- Debe reconocerse contablemente si hay evidencia de control económico.
- Se sugiere formalizar esta situación mediante un contrato (por ejemplo, cesión de uso o comodato).
- También aquí, la omisión de la depreciación es un error que debe corregirse retroactivamente.
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