¿Sabía usted que las personas naturales del régimen SIMPLE no están obligadas a reportar rentas de capital o no laborales si no superan los ingresos brutos establecidos?


El Concepto 003863 int. 449 de 2025 emitido por la DIAN aclara que las personas naturales contribuyentes del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) no están obligadas a entregar la información sobre rentas de capital y/o rentas no laborales señalada en el parágrafo 3 del artículo 1 de la Resolución 000162 de 2023, incluso si practican retenciones o autorretenciones en la fuente.

En resumen:

  • No se exige esta obligación a contribuyentes del régimen SIMPLE porque su impuesto se determina sobre ingresos brutos totales, no por categorías de renta (laboral, no laboral, capital).
  • Solo deberán reportar información si superan el umbral de 11.800 UVT en ingresos brutos, según el inciso 2 del numeral 4 de esa misma resolución.
  • Sí pueden estar obligados a practicar retenciones en casos específicos (como pagos laborales o compras gravadas de bienes/servicios), pero esto no implica que deban reportar rentas cedulares.

🧾 Obligaciones de Reporte en el Régimen Simple de Tributación – Concepto DIAN 003863 de 2025

La DIAN aclaró que las personas naturales bajo el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) no están obligadas a reportar información tributaria sobre rentas de capital y/o no laborales, incluso cuando practiquen retenciones o autorretenciones en la fuente. Esta obligación solo aplica si superan los ingresos brutos de 11.800 UVT.


El Régimen Simple de Tributación es una alternativa voluntaria para pequeñas y medianas empresas y personas naturales, que busca facilitar el cumplimiento tributario y reducir la carga impositiva.

Según el Concepto 003863 de 2025, emitido por la DIAN, se aclara que la obligación de reportar información sobre rentas de capital o no laborales, establecida en la Resolución 000162 de 2023, no aplica para contribuyentes del régimen SIMPLE, siempre que no superen los ingresos brutos establecidos.

Esto se debe a que el SIMPLE se basa en la declaración de ingresos brutos, sin segmentar en cédulas o tipos de rentas, a diferencia del régimen ordinario.


💡 Ejemplo Práctico

Ana, una comerciante afiliada al régimen SIMPLE, paga salarios a dos empleados y retiene lo correspondiente por ley. Aunque hace retenciones laborales, no debe reportar rentas de capital o no laborales, a menos que sus ingresos brutos anuales excedan 11.800 UVT.


🆚 Tabla Comparativa: Antes vs. Después del Pronunciamiento

SituaciónAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento (Concepto 003863 de 2025)
Obligación de reportar rentas de capital o no laboralesSe asumía que cualquier agente retenedor debía reportar esas rentasNo aplica a personas naturales del régimen SIMPLE que hagan retenciones específicas
Clasificación de rentasPodía requerirse distinguir entre rentas laborales, no laborales y de capitalEn el SIMPLE no se distingue: solo se declaran ingresos brutos
Tope para obligaciónNo estaba claramente relacionado con UVTAplica si se superan 11.800 UVT de ingresos brutos

🧾 Normatividad

NormatividadDescripción
Art. 901 y 904 E.T.Definen el Régimen SIMPLE como opcional, basado en ingresos brutos
Art. 911 E.T.Excepciones de retención aplicables solo en ciertos casos (p. ej., pagos laborales)
Resolución 000162 de 2023Regula el reporte de información exógena
Concepto DIAN 003863 de 2025Precisa que no se exige reporte de rentas de capital o no laborales a contribuyentes SIMPLE

📋 Beneficios del Régimen SIMPLE

  • 📉 Reducción de cargas formales y costos tributarios.
  • 📅 Declaración anual con anticipos bimestrales.
  • 🧾 Unificación de impuestos nacionales y territoriales.
  • 📊 Simplificación del cumplimiento para pequeños contribuyentes.

✅ Procedimiento de Cumplimiento para el Régimen SIMPLE

  1. Verificar que se cumpla con los requisitos para pertenecer al SIMPLE.
  2. No segmentar rentas por cédulas (laborales, no laborales, etc.).
  3. Realizar retenciones únicamente cuando la ley lo indique (p. ej., pagos laborales).
  4. Reportar ingresos brutos solo si superan las 11.800 UVT.
  5. Usar los formatos exógenos requeridos por la DIAN cuando aplique.

❓ Preguntas Frecuentes

  1. ¿Debo reportar rentas de capital si pertenezco al régimen SIMPLE?
    No, a menos que superes los ingresos brutos establecidos.
  2. ¿Qué son las UVT?
    Son unidades de medida fiscal que cambian anualmente, usadas para topes tributarios.
  3. ¿Puedo practicar retenciones como SIMPLE?
    Sí, pero solo en casos específicos como pagos laborales o IVA.
  4. ¿Qué pasa si supero las 11.800 UVT?
    Deberás reportar información tributaria de acuerdo con lo exigido por la DIAN.
  5. ¿Dónde encuentro más detalles?
    En dian.gov.co

🔚 Conclusión

El pronunciamiento de la DIAN aporta claridad al régimen SIMPLE, eliminando confusiones sobre la obligación de reportar rentas específicas. Con esto, se fortalece la simplicidad del modelo tributario, lo que representa un alivio para personas naturales que buscan cumplir con sus deberes fiscales sin complicaciones innecesarias.

Conocer y aplicar correctamente estas normas permite a los contribuyentes evitar sanciones y optimizar su gestión tributaria ✅.



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