
Introducción
El sistema pensional colombiano está compuesto por dos regímenes: el Régimen de Prima Media (administrado por Colpensiones) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (administrado por fondos privados).
Para garantizar decisiones informadas, se estableció un mecanismo de doble asesoría, obligatorio antes de cualquier cambio de régimen.
Este proceso busca que los afiliados comprendan las implicaciones económicas, legales y personales del traslado, recibiendo orientación de ambas entidades involucradas. La asesoría incluye cálculos comparativos, requisitos de pensión, semanas cotizadas y edad proyectada para pensión.
A través de la Resolución 1374 de 2021 y su reglamentación, se estableció que quienes deseen cambiar de régimen deben recibir esta asesoría con anticipación. Según el reciente informe del Ministerio de Justicia, quienes cumplan los requisitos podrán hacerlo hasta el 16 de julio de 2026.
Análisis del contenido
Desde la óptica de un contador público colombiano, esta normativa tiene implicaciones clave en la planeación pensional, especialmente para empleados próximos a pensionarse. La exigencia de doble asesoría mejora la transparencia del sistema y permite una proyección contable más realista para los contribuyentes.
El documento no cita doctrina explícita, pero se enmarca en la normatividad de la Superintendencia Financiera, el Ministerio de Trabajo y la regulación del Sistema General de Pensiones. La Corte Constitucional ha protegido reiteradamente el derecho a la información clara y suficiente en decisiones previsionales, y este procedimiento responde a ese mandato.
En términos contables, la información entregada durante la doble asesoría puede ser insumo relevante para proyectar pasivos laborales en empresas, especialmente en contextos de retiro voluntario o transición pensional.
Ejemplos prácticos
Ejemplo 1: María, de 46 años, tiene 800 semanas cotizadas en Colpensiones. Desea trasladarse a un fondo privado. Cumple con los requisitos: más de 5 años afiliada, menos de 47 años y más de 750 semanas. Solicita la doble asesoría, recibe el análisis y decide permanecer en Colpensiones tras ver una mejor proyección de mesada.
Ejemplo 2: Juan, de 55 años, no puede acceder a la doble asesoría porque le faltan menos de 10 años para la edad de pensión. Por tanto, no puede cambiar de régimen y debe permanecer en el actual.
Tabla comparativa de cambios
Antes | Ahora | Comentario del cambio |
---|---|---|
Podía cambiar de régimen sin mayor orientación | Es obligatorio recibir doble asesoría antes del cambio | Mejora la información y evita decisiones apresuradas |
No existía plazo límite claro para cambio con asesoría | Hasta el 16 de julio de 2026 se puede hacer el traslado con asesoría | Se fija un límite temporal para mejorar planificación |
El cambio podía hacerse sin mayores restricciones de edad | Sólo es posible si faltan más de 10 años para la edad de pensión | Se protege a quienes están próximos a pensionarse |
Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Qué es la doble asesoría pensional?
Es un procedimiento donde el afiliado recibe orientación de ambos regímenes pensionales antes de cambiarse, para tomar una decisión informada.
2. ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la doble asesoría?
Tener al menos 5 años en el régimen actual, faltar más de 10 años para la edad de pensión y contar con un número mínimo de semanas cotizadas (750 mujeres, 900 hombres).
3. ¿Tiene algún costo o se necesita abogado?
No. Es un trámite gratuito y no se requiere abogado.
4. ¿Dónde se realiza la doble asesoría?
En los fondos privados de pensiones y en Colpensiones, de forma presencial o virtual.
5. ¿Puedo arrepentirme si ya solicité el cambio de régimen?
Sí. Tiene 5 días hábiles para retractarse ante la entidad donde presentó la solicitud.
Conclusión
La doble asesoría representa un avance hacia un sistema pensional más transparente y justo, que garantiza que el afiliado cuente con toda la información relevante antes de tomar una decisión trascendental.
Como contadores, debemos orientar a nuestros clientes o empresas sobre la importancia de este procedimiento, especialmente en proyecciones laborales, presupuestales y de retiro.
✍️ Publicado por: CP Óscar Jaramillo Toro
💼 Póngasealdía.com
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