¿Sabía usted que los exportadores de servicios pueden acreditar su condición ante la DIAN registrando la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos» en el RUT?


Actualización de Requisitos en el RUT para Exportadores de Servicios

El Concepto 0208 del 11 de febrero de 2025 de la DIAN aborda la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) para exportadores de servicios. Inicialmente, se requería que los contribuyentes incluyeran en su RUT la responsabilidad «10 – Usuario Aduanero» y completaran las casillas 55 a 58 para especificar detalles de la exportación.

Sin embargo, tras una solicitud de reconsideración, la DIAN ha aclarado que la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos» es suficiente para acreditar la condición de exportador de servicios y acceder a la exención del IVA.

Procedimiento actualizado para registrar la exportación de servicios en el RUT:

  1. Acceder al portal de la DIAN: Ingresar al sitio web oficial de la DIAN y seleccionar la opción para actualizar el RUT.
  2. Modificar la sección de «Responsabilidades»: Agregar la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos».
  3. Guardar y enviar la actualización: Revisar la información ingresada, guardar los cambios y enviar la solicitud para su validación.

Responsabilidades en el RUT para exportadores de servicios

Responsabilidad en el RUTDescripción
19 – Productor de bienes y/o servicios exentosIndica que el contribuyente produce bienes o servicios gravados con tarifa cero, incluyendo exportaciones.
10 – Usuario AduaneroSe refiere a importadores, exportadores y otros usuarios que realizan operaciones aduaneras.

El concepto establece que los exportadores de servicios pueden acreditar su condición y acceder a la exención del IVA registrando en el RUT la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos», sin necesidad de incluir la responsabilidad «10 – Usuario Aduanero» ni detallar las casillas 55 a 58.

Ejemplo práctico:

Una empresa colombiana que ofrece servicios de consultoría a clientes en el exterior desea beneficiarse de la exención del IVA. Para ello, actualiza su RUT incluyendo la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos». Con esta actualización, la empresa cumple con los requisitos para ser reconocida como exportadora de servicios y acceder a los beneficios fiscales correspondientes.

Antes y después del pronunciamiento

AspectoAntes del pronunciamientoDespués del pronunciamiento
Requisitos en el RUTIncluir la responsabilidad «10 – Usuario Aduanero» y completar las casillas 55 a 58 con detalles específicos de la exportación.Registrar únicamente la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos».
Carga administrativaMayor, debido a la necesidad de detallar información específica en múltiples casillas.Reducida, al simplificar el proceso de registro en el RUT.

Información adicional de fuentes relacionadas:

  • Procedimiento para obtener la autorización como exportador autorizado: La DIAN establece que los interesados deben presentar una solicitud escrita dirigida a la Coordinación del Servicio de Origen de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, incluyendo documentación que acredite su actividad exportadora. dian.gov.co
  • Definición de responsabilidades en el RUT: La responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos» aplica a contribuyentes cuya actividad principal es la producción o exportación de bienes y servicios gravados con tarifa cero de IVA. dian.gov.co

Datos relevantes encontrados:

  • Inscripción en el RUT para exportadores: Para realizar actividades de exportación, es necesario inscribirse o actualizar el RUT ante la DIAN, especificando la actividad comercial correspondiente. procolombia.co
  • Actualización del RUT: La DIAN permite la actualización del RUT de manera virtual a través de su portal web, facilitando el proceso para los contribuyentes. dian.gov.co

¿Sabía usted que los exportadores de servicios pueden acreditar su condición ante la DIAN registrando la responsabilidad "19 - Productor de bienes y/o servicios exentos" en el RUT?

Respuesta: Sí, según el Concepto 0208 de 2025 de la DIAN, esta responsabilidad es suficiente para reconocer la calidad de exportador de servicios y acceder a la exención del IVA.

Normatividad Descripción


  • Artículo 555-2 del Estatuto Tributario Establece el Registro Único Tributario (RUT) como mecanismo único para identificar y clasificar a los contribuyentes y responsables de obligaciones tributarias.
  • Decreto 1625 de 2016, Artículos 1.6.1.2.5 y 1.6.1.2.6 Reglamenta la información que debe contener el RUT y la responsabilidad de la DIAN en su administración.
  • Decreto 1080 de 2015, Artículo 2.10.2.6.12 Establece los requisitos para acreditar la exención del IVA en la exportación de servicios, incluyendo la inscripción en el RUT como exportador de servicios.
  • Concepto 0208 de 2025 de la DIAN Aclara que la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos» en el RUT es suficiente para acreditar la condición de exportador de servicios y acceder a la exención del IVA.


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