Sabía usted que los pagos en especie, en la mayoría de los casos, deben ser reportados a la DIAN, salvo excepciones colectivas?


Concepto General sobre el Impuesto de Renta y Complementarios

Sexta Adición: Ingresos en Especie según Ley 2277 de 2022


La DIAN ha emitido el Concepto 812 de 2024 con el fin de aclarar aspectos sobre los ingresos en especie que deben ser reportados por los contribuyentes, en cumplimiento con la Ley 2277 de 2022. Este pronunciamiento se enfoca en ampliar el Concepto General relacionado con estos ingresos, con especial énfasis en cómo deben ser reportados en el Formulario 220.

El concepto aclara que los pagos en especie contemplados en el artículo 29-1 del Estatuto Tributario deben ser reportados, a menos que estos pagos se deriven de pactos colectivos, en cuyo caso tienen un tratamiento diferente. Se establece que la información debe ser presentada utilizando los formatos que la DIAN ha dispuesto, como el Formato 2276 o Formato 1001, dependiendo de las características del contribuyente.

Este concepto refuerza la importancia de cumplir con las obligaciones tributarias relacionadas con los pagos en especie, recordando a los contribuyentes que deben reportar esta información de manera precisa para evitar sanciones o malentendidos con la DIAN.


Aspectos Importantes

Aspectos importantesDesarrollo de cada aspecto
Reporte de ingresos en especieLos pagos en especie, según el artículo 29-1 del Estatuto Tributario, deben ser reportados en el Formulario 220, con excepción de pagos realizados por pactos colectivos.
Formatos para reporte de informaciónLos contribuyentes deberán utilizar el Formato 2276 o el Formato 1001 para reportar la información correspondiente, según la normatividad de la DIAN.
Obligación de reportar informaciónEs obligatorio reportar a la DIAN los pagos en especie y abonos en cuenta, conforme al artículo 20 de la Resolución 000162 de 2023.

Normatividad

NormatividadDescripción
Artículo 29-1 del Estatuto TributarioDispone que los pagos en especie deben ser reportados en el Formulario 220.
Resolución DIAN 000162 de 2023Regula la información tributaria que debe ser reportada a la DIAN, incluyendo pagos en especie.
Ley 2277 de 2022Modifica las disposiciones tributarias aplicables a personas naturales, incluyendo ingresos en especie.

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Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿Es necesario reportar los pagos en especie en el Formulario 220?Sí, todos los pagos en especie deben reportarse, excepto los derivados de pactos o convenciones colectivas.
2¿Cuál es el formato que debe usarse para reportar pagos en especie?Dependiendo del caso, debe usarse el Formato 2276 o el Formato 1001 para reportar la información a la DIAN.
3¿Cuál es la normatividad que regula los pagos en especie?El artículo 29-1 del Estatuto Tributario y la Resolución DIAN 000162 de 2023.

Comparativa: Antes y Después del Pronunciamiento

Antes del PronunciamientoDespués del PronunciamientoPrincipales Cambios
Los contribuyentes no tenían claridad sobre los ingresos en especieSe especifica que los ingresos en especie deben ser reportados en el Formulario 220Mayor claridad sobre la obligación de reporte de estos pagos, evitando ambigüedades.

Ejemplo Práctico

Un empleado recibe como parte de su salario mensual un vehículo de la empresa para uso personal. Según el artículo 29-1 del Estatuto Tributario, este pago en especie debe ser reportado en el Formulario 220, a menos que haya sido otorgado por un pacto colectivo. El empleador debe asegurarse de reportarlo adecuadamente en los formatos establecidos por la DIAN.


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PronunciamientoDescripción
Concepto DIAN 003966 – Ingresos en EspecieAclara cómo deben reportarse los ingresos en especie conforme al artículo 29-1 del Estatuto Tributario.
Resolución DIAN 000162 de 2023Establece los formatos que deben usarse para reportar información tributaria relacionada con pagos en especie.