Facultad de Cobro Coactivo y
Devolución de Saldos
La Superintendencia de Sociedades, en relación con la facultad de cobro coactivo y la devolución de saldos a favor, establece procedimientos específicos que deben seguirse conforme al Estatuto Tributario y normas adicionales. La Ley 1066 de 2006, complementada por el Decreto 4473 de 2006, define los lineamientos para la gestión de cobro coactivo, y es reforzada por el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, el cual prescribe plazos y procedimientos que las entidades públicas deben cumplir para realizar estos cobros.
Para garantizar transparencia, el procedimiento de cobro coactivo incluye reglas específicas como el plazo de dos meses para que las entidades publiquen su Reglamento Interno de Recaudo de Cartera. Además, el CPACA (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) ofrece directrices adicionales para los procedimientos de cobro que no están cubiertos por reglas especiales, asegurando uniformidad y claridad en los procedimientos administrativos.
Finalmente, el manejo de recursos y los ingresos de la Superintendencia de Sociedades se regulan bajo normas específicas, como el artículo 121 de la Ley 1116 de 2006, que estipula la contribución de las sociedades bajo su vigilancia para cubrir sus gastos de funcionamiento. Estos aportes se calculan con base en los activos de las empresas supervisadas, siendo el proceso de liquidación y contribución supervisado anualmente.
Aspectos Importantes del Procedimiento de Cobro Coactivo
Aspectos Importantes | Desarrollo de Cada Aspecto |
---|---|
Procedimiento de Cobro Coactivo | La Ley 1066 de 2006 y el Decreto 4473 de 2006 establecen que el cobro coactivo debe seguir los lineamientos del Estatuto Tributario. |
Reglamento Interno de Recaudo de Cartera | Las entidades deben crear y publicar un reglamento de cartera en un plazo de dos meses desde la vigencia del Decreto. |
Contribuciones para Funcionamiento | La Ley 1116 de 2006 dicta cómo se calculan las contribuciones de las sociedades vigiladas para cubrir el presupuesto. |
Procedimiento de Cobro Coactivo en la Superintendencia de Sociedades
- Marco Normativo
- Ley 1066 de 2006
- Decreto 4473 de 2006 (artículos 3.1.5 y 3.1.6)
- Código de Procedimiento Administrativo (CPACA)
- Implementación de Normas en Procedimiento de Cobro
- Para obligaciones tributarias: Estatuto Tributario
- Para aspectos no cubiertos: CPACA y, en caso necesario, Código de Procedimiento Civil
Cambios tras el Pronunciamiento
Antes del Pronunciamiento | Después del Pronunciamiento |
---|---|
Procedimientos poco claros sobre devoluciones de saldos en exceso o no debidos. | El proceso queda claramente regulado en el Decreto 2277 de 2012. |
Ausencia de norma clara para reglamento interno de recaudo de cartera. | Se exige un reglamento interno en los dos meses siguientes al decreto. |
También te puede interesar:
- Sabía usted que… la Dian está considerando suspender la devolución de saldos a favor a grandes empresas para mejorar el recaudo fiscal?
- ¿Sabía usted que la devolución de saldos a favor en impuestos podría ser automática gracias a un proyecto de ley en trámite?
- Mediante esta resolución, se establece el sistema de devolución que opera de oficio, de saldos a favor originados en declaraciones de renta para personas naturales.
Normatividad
Normatividad | Descripción |
---|---|
Ley 1066 de 2006 | Regula el cobro coactivo en entidades públicas. |
Decreto 1625 de 2016 | Expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria. |
Ley 1116 de 2006 | Define el régimen de contribuciones para las sociedades vigiladas. |
Preguntas Frecuentes
# | Pregunta | Respuesta |
---|---|---|
1 | ¿Cuál es el procedimiento de cobro coactivo según la Ley 1066? | Se realiza conforme a los lineamientos del Estatuto Tributario y debe tener un reglamento interno. |
2 | ¿Cómo se calcula la contribución a la Superintendencia de Sociedades? | Sobre los activos de la sociedad al 31 de diciembre del año anterior. |
3 | ¿Qué norma rige la devolución de saldos? | El Decreto 2277 de 2012 regula las devoluciones en casos de pagos en exceso o no debidos. |
Ejemplo Práctico
Supongamos que una sociedad presenta un saldo a favor debido a un pago en exceso. Según el Decreto 2277 de 2012, la Superintendencia debe realizar la devolución conforme a las normas tributarias, previo proceso de solicitud por parte de la sociedad. La empresa puede usar este saldo en futuras contribuciones o liquidaciones fiscales, optimizando su flujo de caja en contribuciones.