Impuesto sobre la renta y complementarios
Aspectos clave
1. Descuentos tributarios por impuestos pagados en el exterior
El artículo 254 del Estatuto Tributario establece que el impuesto sobre la renta pagado en el exterior puede ser descontado en Colombia, ya sea en el año en que se efectuó el pago o en años posteriores.
2. Límite para los descuentos tributarios
De acuerdo con el artículo 259 del mismo Estatuto, los descuentos tributarios no pueden exceder el impuesto sobre la renta básico. Se debe respetar el límite del 70% para impuestos presuntivos y otros límites específicos.
3. Documentación para soportar los descuentos
La factura de venta es un documento probatorio válido para costos y deducciones, pero no lo es para descuentos tributarios. Para aplicar el descuento de impuestos pagados en el exterior, es necesario presentar certificado fiscal o prueba idónea.
Aspectos importantes | Desarrollo de cada aspecto |
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Descuentos por impuestos pagados en el exterior | Los impuestos pagados en el extranjero pueden ser descontados en Colombia, aplicando los límites establecidos. |
Límites en los descuentos tributarios | Los descuentos no pueden superar el impuesto sobre la renta y deben cumplir con ciertos porcentajes cuando se aplican en años siguientes. |
Requisitos probatorios para el descuento | Es necesario presentar un certificado fiscal o prueba idónea que acredite el pago del impuesto en la jurisdicción correspondiente. |
Tabla: Comparativa antes y después del pronunciamiento
Antes del pronunciamiento | Después del pronunciamiento |
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Los descuentos tributarios se podían aplicar de manera más amplia | Se aclara que los descuentos deben respetar los límites impuestos por los artículos 254 y 259 del Estatuto Tributario, además de cumplir con las reglas para los certificados fiscales o pruebas idóneas. |
No se especificaban claramente los documentos necesarios | Se establece la obligatoriedad de presentar un certificado fiscal para soportar los impuestos pagados en el exterior. |
Normatividad
Normatividad | Descripción |
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Artículo 254 del Estatuto Tributario | Regula los descuentos por impuestos pagados en el exterior y establece límites sobre su aplicación. |
Artículo 259 del Estatuto Tributario | Define los límites de los descuentos tributarios, que no pueden exceder el impuesto sobre la renta básico del período en el que se solicita. |
Artículo 771-2 del Estatuto Tributario | Establece los requisitos para la procedencia de costos, deducciones e impuestos descontables, incluyendo la necesidad de contar con pruebas como certificados fiscales. |
Ejemplo práctico
Si una empresa colombiana pagó impuesto sobre la renta en el extranjero por $10,000 en 2021, puede aplicar ese monto como descuento tributario en Colombia en el mismo año o en los años siguientes. Sin embargo, debe tener un certificado fiscal que pruebe el pago en la jurisdicción extranjera. Si el descuento excede el límite de impuesto sobre la renta generado en Colombia, no podrá aplicarse en su totalidad.
Preguntas frecuentes
# | Preguntas | Respuestas |
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1 | ¿Qué documentos son necesarios para aplicar el descuento por impuestos pagados en el exterior? | Se necesita un certificado fiscal expedido por la autoridad tributaria correspondiente o una prueba idónea. |
2 | ¿Puedo aplicar el descuento por impuestos pagados en años anteriores? | Sí, el descuento puede aplicarse en el año en que se pagó el impuesto o en períodos gravables siguientes. |
3 | ¿Cuáles son los límites aplicables a los descuentos tributarios según el artículo 259? | El descuento no puede exceder el impuesto sobre la renta básica y en ningún caso debe ser inferior al 70% del impuesto. |