¿Sabía usted que, según las NIIF para PYMES, un certificado patrimonial interno no basta para ajustar el valor de una inversión no cotizada en bolsa?


La consulta analizada por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) se centra en el tratamiento contable de una inversión minoritaria (6%) de la compañía A en la compañía B, entidad no cotizada en bolsa.

La compañía A ajustaba anualmente el valor de su participación utilizando un "Certificado de Participación Patrimonial" emitido por B, el cual reflejaba un valor intrínseco basado en los estados financieros de esta última. 

Sin embargo, el CTCP determinó que este enfoque no cumple con las NIIF para PYMES, ya que el valor intrínseco no equivale al valor razonable, requisito clave para aplicar mediciones posteriores basadas en el mercado.

Según la Sección 11 de las NIIF para PYMES, las inversiones en instrumentos de patrimonio sin cotización bursátil ni valor razonable confiable deben medirse al costo menos deterioro. El CTCP enfatiza que el Certificado Patrimonial no constituye una fuente fiable para determinar el valor razonable, al carecer de factores como liquidez, riesgo o condiciones de mercado.

Por lo tanto, la compañía A debe suspender los ajustes anuales basados en dicho documento y, en su lugar, mantener la inversión al costo inicial, evaluando periódicamente posibles pérdidas por deterioro mediante indicadores objetivos, como disminuciones en el valor neto de B o cambios adversos en su entorno económico.

Ejemplo Ilustrativo
Imaginemos una empresa «X» que adquiere el 5% de una empresa «Y», dedicada a la manufactura y no cotizada en bolsa. «X» recibe un informe interno de «Y» que valora su participación en 100 millones basado en activos netos.

Sin embargo, segun las NIIF para PYMES, «X» no puede ajustar anualmente esta inversion usando el informe, pues no existe un mercado activo que valide ese valor.

En cambio, «X» debe registrar la inversión al costo original (digamos100 millones basado en activos netos. Sin embargo, según las NIIF para PYMES, «X» no puede ajustar anualmente esta inversión usando el informe, pues no existe un mercado activo que valide ese valor.

En cambio, «X» debe registrar la inversión al costo original (digamos 80 millones) y, cada año, revisar si hay indicios de deterioro, como pérdidas recurrentes en «Y» o devaluación de sus activos. Solo si se confirma una pérdida permanente, «X» reducirá el valor en libros de la inversión y reconocerá una pérdida en sus resultados.

Conclusión
El documento subraya la importancia de alinear las prácticas contables con las normas técnicas, evitando suposiciones no validadas por el mercado. La respuesta del CTCP refuerza que, en ausencia de un valor razonable confiable, el enfoque conservador de costo menos deterioro prevalece, garantizando la transparencia y fiabilidad de la información financiera.