
El documento del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) responde a una consulta sobre una situación en una propiedad horizontal donde el administrador saliente no entrega la contabilidad completa, y el nuevo administrador debe continuar con la gestión financiera.
Puntos clave del concepto CTCP 2025-0003:
- Responsabilidad del nuevo administrador:
- Puede emitir estados financieros al 31 de diciembre de 2024 siempre que pueda certificar que los saldos contables están debidamente soportados y reflejan fielmente las transacciones del período.
- Debe verificar que los saldos usados sean consistentes y estén soportados con documentación verificable.
- Obligaciones del administrador saliente:
- Tiene la obligación legal de entregar la contabilidad, tanto en físico como en digital.
- La contabilidad pertenece a la propiedad horizontal, no al administrador.
- La retención de información puede obstaculizar las funciones del nuevo administrador.
- Recomendaciones del CTCP:
- La copropiedad debe contar con su propio software contable, no depender del software personal del administrador.
- En los contratos debe especificarse claramente que todos los libros y soportes son propiedad de la copropiedad y deben ser entregados en todo caso.
- Acción ante irregularidades:
- Si hay inconsistencias, deben documentarse y reportarse a la asamblea de copropietarios o al consejo de administración, conforme a la Ley 675 de 2001.
Lineamientos para la Entrega y Gestión Contable en Propiedades Horizontales
En los procesos de cambio de administración dentro de una propiedad horizontal, uno de los aspectos más críticos y sensibles es la entrega adecuada de la contabilidad. De acuerdo con el concepto 2025-0003 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), el administrador saliente está obligado a entregar todos los libros y soportes contables, tanto físicos como digitales.
Esta obligación no es optativa, sino una exigencia legal basada en normas contables y jurídicas de obligatorio cumplimiento.
Cuando la administración entrante no recibe esta información de manera completa y oportuna, se compromete la transparencia financiera y la capacidad del nuevo equipo de gestión para certificar estados financieros fiables.
El administrador que asume el cargo tiene la responsabilidad de garantizar que los saldos contables reflejados correspondan fielmente a las transacciones del período. Esto implica una revisión detallada de los soportes disponibles y, si hay irregularidades, su documentación y notificación ante la asamblea de copropietarios o consejo de administración.
📌 Ejemplo práctico:
Imaginemos que el administrador saliente finaliza su gestión en junio de 2024 y entrega únicamente un balance de prueba impreso y un reporte de cartera, sin entregar respaldo digital ni acceso al software contable. El nuevo administrador comienza su periodo el 1 de julio de 2024. En este caso, si desea emitir estados financieros al 31 de diciembre del mismo año, deberá partir de los saldos entregados y registrar ingresos y gastos nuevos. Sin embargo, solo podrá certificar dichos estados si logra respaldar y verificar la información entregada, pues de lo contrario estaría expuesto a sanciones o cuestionamientos legales y éticos.
✅ Recomendaciones clave:
- La propiedad horizontal debe contar con su propio software contable y no depender del software del administrador.
- Se debe incluir en los contratos de prestación de servicios la cláusula sobre la propiedad de los libros y archivos contables.
- El administrador entrante debe revisar y validar toda la información contable antes de emitir cualquier certificación financiera.
- En caso de irregularidades, debe reportarlas ante los órganos de control internos.
📚 Tabla de Normatividad Aplicable
Norma | Descripción | Aplicabilidad |
---|---|---|
Ley 675 de 2001, Art. 51 | Define las funciones del administrador, incluyendo llevar la contabilidad. | Obligatoria para todas las propiedades horizontales. |
Ley 43 de 1990 | Regula la profesión contable en Colombia. | Establece criterios de certificación y responsabilidad del contador. |
Ley 1314 de 2009 | Establece las normas de información financiera y aseguramiento. | Aplica a todos los entes económicos en Colombia. |
Ley 222 de 1995 | Regula los estados financieros y la responsabilidad de su certificación. | Aplica al administrador como representante legal. |
Ley 1437 de 2011, Art. 28 | Regula el efecto de los conceptos emitidos por organismos técnicos. | Define el alcance del concepto CTCP. |
❓ Preguntas frecuentes (FAQ)
Pregunta | Respuesta |
---|---|
¿Qué debe entregar el administrador saliente? | Todos los libros contables, soportes, archivos y acceso a la información, tanto en físico como en digital. |
¿Puede el nuevo administrador emitir estados financieros sin la contabilidad completa? | Solo si puede verificar y respaldar adecuadamente los saldos contables utilizados. |
¿Qué hacer si el software contable era del administrador anterior? | La copropiedad debe adquirir su propio software y asegurarse de que toda la información sea entregada al finalizar el contrato. |
¿Qué consecuencias hay si no se entrega la contabilidad? | Se pueden generar impedimentos legales, sanciones y pérdida de confianza institucional. |