¿Sabía usted que un certificado de riesgo de su banco NO sirve para ajustes tributarios?

Lección clave del caso Monómeros vs. DIAN, donde el Consejo de Estado confirmó multas por $692 millones.


Resumen Ejecutivo del Caso: Monómeros Colombo Venezolanos S.A. vs. DIAN

Radicado: 08001-23-33-000-2019-00690-01 (25943)
Tribunal: Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta
Consejero Ponente: Luis Antonio Rodríguez Montaño
Fecha: 15 de mayo de 2025
Sentencia: Confirma la decisión de primera instancia que negó las pretensiones de Monómeros.


Antecedentes Relevantes

  1. Declaración de Renta 2013:
    • Monómeros declaró pérdida líquida de $54.002.960.000 y saldo a favor de $16.223.703.000.
    • La DIAN, mediante liquidación oficial (2018), adicionó ingresos operacionales ($2.575.497.000), desconoció deducciones ($638.993.000), redujo la pérdida a $50.788.470.000, impuso sanción ($803.623.000) y ajustó el saldo a favor a $15.420.080.000.
    • Tras recurso de reconsideración (Resolución 003529/2019), la DIAN aceptó parcialmente deducciones ($195.467.000), redujo la sanción a $692.741.000 y fijó saldo a favor en $15.530.962.000.
  2. Demanda de Monómeros:
    • Pretensiones:
      • Nulidad de los actos administrativos (liquidación y resolución).
      • Restablecimiento del derecho para que su declaración de renta 2013 quedara en firme.
      • Subsidiariamente, revocatoria de la sanción por inexactitud alegando «diferencia de criterios».
    • Argumentos:
      • Adición de ingresos: La DIAN usó comparables internos (nacionales) inadecuados para operaciones internacionales con su vinculado Monómeros International Ltd. (Islas Vírgenes Británicas), violando el art. 260-4 del ET.
      • Rechazo de deducciones: La tasa de interés pactada en leasing con el vinculado era ajustable según riesgo país y solvencia, pero la DIAN desestimó la certificación de Bancolombia (calificación «A»).
      • Sanción: No hubo inexactitud, sino interpretación razonable de normas tributarias.

Decisiones Clave del Consejo de Estado

1. Adición de Ingresos ($2.575.497.000)

  • Fundamento:
    • El art. 260-4 ET exige priorizar comparables internos (operaciones con terceros independientes nacionales) si existen.
    • Monómeros usó comparables externos (Ecuador y República Dominicana) con volúmenes muy inferiores a los de su operación con el vinculado, sin justificar técnicamente por qué descartó los internos.
    • La DIAN demostró que los comparables internos tenían mayor similitud en volúmenes y condiciones, ajustándose a las Guías OCDE.
  • Conclusión:
    • La adición es válida. Monómeros incumplió el régimen de precios de transferencia al no priorizar comparables internos.

2. Rechazo de Deducciones ($195.467.000 por intereses)

  • Fundamento:
    • Monómeros ajustó la tasa de interés con una certificación de calificación de riesgo «A» emitida por Bancolombia.
    • Solo las Sociedades Calificadoras de Riesgo (SCR) autorizadas por la Superintendencia Financiera (BRC, Fitch, Value and Risk) pueden emitir certificaciones válidas para ajustes tributarios. Bancolombia no es una SCR.
    • El análisis complementario con Bloomberg/Reuters fue descartado por la DIAN al encontrar solo un comparable válido (Air Products and Chemicals Inc.), insuficiente para el estudio.
  • Conclusión:
    • El rechazo de la deducción es legal. La certificación de Bancolombia es inválida para ajustes tributarios.

3. Sanción por Inexactitud ($692.741.000)

  • Fundamento:
    • El art. 260-11 ET sanciona el uso de datos «falsos, equivocados o desfigurados» en precios de transferencia.
    • Monómeros usó comparables inadecuados y una certificación inválida, generando menor impuesto.
    • No hubo «diferencia de criterios» excusable: la normativa es clara, y la actuación fue objetiva.
  • Conclusión:
    • La sanción es procedente.

Fallo Final

  1. Declarado fundado el impedimento de la magistrada Myriam Stella Gutiérrez.
  2. Confirmada la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico (30/06/2021), que negó las pretensiones de Monómeros.
  3. Sin condena en costas (no probada su causación).

Análisis Jurídico

  • Precios de Transferencia (Art. 260 ET):
    • Prioridad de comparables internos (párrafo art. 260-4 ET y Decreto 3030/2013).
    • Método PC (Precio Comparable No Controlado) exige ajustes técnicos para garantizar comparabilidad.
  • Certificaciones de Riesgo:
    • Solo válidas si emitidas por SCR inscritas (Decreto 2555/2010).
  • Sanción por Inexactitud:
    • Configurada cuando hay incumplimiento del régimen de precios de transferencia que afecta la base gravable (Art. 260-11 ET).

Conclusión: El fallo refuerza la rigurosidad en la aplicación del régimen de precios de transferencia y la validez exclusiva de certificaciones emitidas por entidades autorizadas. Monómeros no superó la carga probatoria para desvirtuar los actos de la DIAN.

Notificación: A las partes. Cumplido.



Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*