¿Sabía usted que una separación de hecho prolongada puede disolver automáticamente la sociedad conyugal tras dos años?


La disolución de la sociedad conyugal tras una separación de hecho:

Pronunciamiento de la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia de Colombia, a través de la sentencia SC3085-2024, estableció un precedente relevante sobre la disolución de la sociedad conyugal en casos de separación de hecho prolongada. Este pronunciamiento busca resolver un vacío normativo y garantizar los principios de igualdad, justicia y libertad individual.

Aspectos clave de la sentencia

La decisión de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural establece que la sociedad conyugal debe considerarse disuelta cuando los cónyuges se encuentren separados de hecho durante dos años o más. A partir de este momento, es posible:

  • Formar una unión marital de hecho.
  • Constituir una nueva sociedad patrimonial.

Resolución del vacío normativo

La Corte argumenta que mantener vigente una sociedad conyugal después de una separación de hecho prolongada:

  1. Favorece el abuso del derecho: Permite que un cónyuge se beneficie de bienes que no ayudó a construir.
  2. Socava los derechos de terceros: Perjudica las expectativas legítimas de nuevos compañeros o compañeras permanentes.
  3. Vulnera principios constitucionales: Desatiende valores como la justicia, igualdad, buena fe y autonomía de la voluntad.

Equilibrio entre separación judicial y de hecho

La sentencia destaca la asimetría entre ambos tipos de separación:

  • Separación judicial: Exime de la cohabitación, disuelve la sociedad conyugal y habilita el divorcio tras dos años.
  • Separación de hecho: Hasta ahora, solo permitía el divorcio, manteniendo vigente la sociedad conyugal.

Con este fallo, se busca igualar las consecuencias de ambas figuras, promoviendo la justicia y respetando la voluntad de los consortes.


Preguntas frecuentes

#PreguntaRespuesta
1¿Qué establece la sentencia SC3085-2024 sobre la separación de hecho?Declara disuelta la sociedad conyugal tras dos años o más de separación de hecho.
2¿Qué efectos tiene la disolución de la sociedad conyugal en estos casos?Permite formar una unión marital de hecho y construir una nueva sociedad patrimonial.
3¿Por qué la Corte resolvió este vacío normativo?Para evitar abusos del derecho y proteger los principios de justicia, igualdad y libertad individual.
4¿Qué diferencia había entre la separación judicial y la de hecho antes del pronunciamiento?La separación judicial disolvía la sociedad conyugal; la de hecho no.
5¿Qué principios constitucionales se protegen con esta sentencia?Justicia, igualdad, autonomía de la voluntad y prohibición del abuso del derecho.

Comparativa: Antes y después del pronunciamiento

AspectoAntes del pronunciamientoDespués del pronunciamiento
Vigencia de la sociedad conyugalSe mantenía vigente tras la separación de hecho.Se disuelve automáticamente tras dos años de separación.
Derechos de tercerosPerjudicados por la vigencia de la sociedad.Garantizados al permitir la formación de nuevas uniones patrimoniales.
Justicia e igualdadLimitada por el vacío normativo.Respetadas al equiparar los efectos de las separaciones judicial y de hecho.

Normatividad

NormatividadDescripción
Constitución Política de ColombiaReconoce principios de libertad individual, igualdad y justicia.
Código Civil ColombianoRegula la sociedad conyugal y sus disoluciones.
Sentencia SC3085-2024Declara disuelta la sociedad conyugal tras dos años de separación de hecho.

Ejemplo práctico

Una pareja casada decide separarse de hecho y no conviven por más de dos años. Durante este tiempo, uno de los cónyuges adquiere una propiedad. Antes del pronunciamiento de la Corte, la sociedad conyugal seguía vigente, y el bien adquirido era considerado común. Ahora, tras el fallo, la sociedad conyugal se disuelve automáticamente, y la propiedad adquirida pertenece exclusivamente al cónyuge que la obtuvo.


Tabla de aspectos importantes

Aspectos importantesDesarrollo de cada aspecto
Disolución de la sociedad conyugalOcurre automáticamente tras dos años de separación de hecho.
Protección de derechosGarantiza los derechos de quienes conforman nuevas uniones patrimoniales.
Resolución de vacío normativoEquipara los efectos de las separaciones judicial y de hecho.
Principios constitucionales protegidosJusticia, igualdad, libertad individual y prohibición del abuso del derecho.
Impacto patrimonialLos bienes adquiridos después de la separación no forman parte de la sociedad conyugal.

Conclusión

El pronunciamiento de la Corte Suprema resuelve un vacío normativo que afectaba a las separaciones de hecho prolongadas, garantizando justicia, igualdad y respeto a la voluntad de las partes. Esta decisión fortalece los derechos individuales, protege a terceros y establece un marco jurídico más coherente para las relaciones familiares y patrimoniales.



Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*