El peticionario consulta, entonces, si frente a la sanción a que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 615 del Decreto 1165 de 2019, se debe liquidar y pagar una sanción por documento de transporte o una sanción por cada declaración de importación que se presenta al momento de la nacionalización. Lo anterior cuando se rechace el levante de las declaraciones de importación, dado que los documentos de verificación se encontraban vencidos a la fecha de presentación y aceptación de dichas declaraciones. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 782 / 01-07-2020 Descarga |