Se adopta el cupo máximo por empresa para los beneficios tributarios descritos en los artículos 256 y 256-1 del ET. y se dictan otras disposiciones. 6 noviembre, 2023 admin Renta, Tributaria 0 Acuerdo No 32 Acuerdo No 33 También te puede interesar¿Cuáles son las implicaciones para el usuario aduanero al presentar tardíamente el recurso de reposición, y cómo afecta a la Administración Aduanera su resolución extemporánea?¿Puede ser Ratificado un Revisor Fiscal por más de 5 años en una propiedad horizontal?EPS vulneran derecho a la salud si desconocen orden del médico particular.Código de ética del contador.Impuesto al patrimonio.Libro fiscal de operaciones diarias.