Se adoptan medidas transitorias sobre las exportaciones de chatarra de fundición de hierro o acero, lingotes de chatarra de hierro o acero y desperdicios y desechos de cobre, de aluminio y de plomo.

DECRETA

Artículo 1.
 Establecer un contingente semestral de 28.404 toneladas para las exportaciones de desperdicios y desechos de chatarra, de fundición, de hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero, distribuido en las siguientes subpartidas arancelarias:

Artículo 2. Establecer un contingente semestral de 38.675 toneladas para las exportaciones de desperdicios y desechos de cobre, aluminio y de plomo, distribuido en las siguientes subpartidas arancelarias:
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto No 1120 / 12-08-2020
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