Resolución Número 000007 de 31 ENE 2024
Artículo 1: Impuesto Nacional a la Gasolina, ACPM y Biocombustibles
El Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM, aplicable a partir del 1 de febrero de 2024, establece las siguientes tarifas:
- Gasolina Corriente: $724,70 por galón.
- Gasolina Extra: $1.375,46 por galón.
- ACPM: $693,65 por galón.
- Otros productos definidos como gasolina y ACPM: $724,70 por galón.
Además, las mezclas ACPM – biocombustible para motores diésel se gravarán según la siguiente tabla:
Proporción | ACPM | Biocombustible | Impuesto |
---|---|---|---|
98% | 2% | $679,77 | |
96% | 4% | $665,90 | |
92% | 8% | $638,15 | |
90% | 10% | $624,28 |
Los combustibles utilizados en pesca, cabotaje, y actividades marítimas específicas tendrán un impuesto de $884,07 por galón.
Parágrafo: En el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las tarifas serán:
- Gasolina Corriente: $1.427,57 por galón.
- Gasolina Extra: $1.510,51 por galón.
- ACPM: $945,83 por galón.
Artículo 2: Impuesto al Carbono
A partir del 1 de febrero de 2024, el Impuesto al Carbono se aplica según las siguientes tarifas:
Combustible Fósil | Unidad | Tarifa/unidad |
---|---|---|
Carbón | Tonelada | $65.713,38 |
Fuel oil | Galón | $299,53 |
Jet fuel | Galón | $254,22 |
Kerosene | Galón | $247,93 |
Gas licuado de petróleo | Galón | $168,64 |
Las tarifas establecidas en 2023 se ajustan en 2024, según lo dispuesto en la Ley 2277 de 2022.
Combustible Fósil | Unidad | Tarifa/unidad |
---|---|---|
ACPM | Galón | $210,63 |
Gasolina | Galón | $186,37 |
Gas natural | Metro cúbico | $39,70 |
Parágrafo: La tarifa por tonelada de carbono equivalente (CO2eq) para 2024 será de $25.799,56.
Artículo 3: Publicación
La presente resolución se publicará en el Diario Oficial, conforme al artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo 4: Vigencia
La resolución entra en vigencia a partir del 1 de febrero de 2024, previa su publicación en el Diario Oficial.